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Somos abogados con amplia experiencia y reconocida solvencia.

Golden Visa Residencia para Inversores

En un mundo cada vez más globalizado, la búsqueda de oportunidades y la expansión de horizontes se han convertido en una meta común. Si estás considerando establecerte en España, ya sea para desarrollar tu carrera profesional, iniciar un nuevo negocio o simplemente disfrutar de un estilo de vida diferente, la Golden Visa puede ser tu llave de entrada.

Entendemos los desafíos y las complejidades que implica la migración internacional y estamos aquí para guiarte y apoyarte en cada paso del camino, desde la evaluación inicial hasta la obtención exitosa del visado.

Te ofrecemos:
Aclaramos tus dudas y respondemos tus preguntas.

Tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos. Además de las residencias para inversores, también somos expertos en tramitación de residencias para profesionales altamente cualificados, emprendedores en búsqueda de nuevas oportunidades y nómadas digitales. Nos comprometemos a brindarte un servicio personalizado y de calidad que te permita alcanzar tus objetivos de forma eficiente y segura.

Autorización de Residencia Temporal No Lucrativa

Estás pensando en cambiar tu residencia a España de manera temporal o permanente pero sin la necesidad de realizar actividades económicas? Entonces, la residencia temporal no lucrativa es la opción perfecta para ti. Esta autorización te permite vivir en España por motivos no económicos, ya sea para estudiar, investigar, formarte o simplemente disfrutar de tu jubilación, sin la necesidad de realizar actividades laborales o profesionales.

Esta autorización se basa en la posesión de suficientes recursos financieros para mantenerse en el país sin ser una carga para el Estado. La residencia se otorga inicialmente por un año y puede renovarse hasta alcanzar un total de cinco años, momento en el que se puede solicitar la residencia permanente o de larga duración.

Si cuentas con nosotros, analizaremos tu situación específica y te proporcionaremos asesoramiento detallado sobre los requisitos, documentación y procedimientos para obtener la residencia temporal no lucrativa en España.

Nos encargaremos de preparar y presentar tu solicitud ante las autoridades competentes, asegurándonos de que todos los documentos estén en orden y cumplas con todos los requisitos establecidos por la normativa española.

Te mantendremos informado en todo momento sobre el estado de tu solicitud y estaremos disponibles para responder cualquier pregunta o inquietud que puedas tener durante el proceso.

Cuéntanos tu caso, la primera consulta es gratuita.

tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Puedes tener la tranquilidad de saber que estás en buenas manos. Nos comprometemos a trabajar incansablemente para obtener tu autorización de residencia de forma exitosa.

Permisos de residencia por arraigo (social, familiar, social)

La residencia por arraigo es una autorización temporal otorgada a ciudadanos extranjeros que se encuentran en situación irregular en España y que tienen vínculos familiares en el país o están integrados socialmente.

Si te encuentras en España en situación irregular nos ocupamos de regularizar tu situación.

Existen tres tipos de arraigo, cada uno con requisitos específicos:



Cuéntanos tu caso hoy mismo e inicia tu regularización en España. La primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Autorización inicial y prórroga de estancia por estudios

La permanencia para cursar estudios en España te brinda la oportunidad de vivir en territorio español por más de 90 días con el objetivo de iniciar o continuar tu formación académica en una institución educativa reconocida en el país. Esta autorización no solo te permite involucrarte en un plan de estudios de jornada completa que culmina con la obtención de un título o certificado académico, sino que también abre las puertas a la transición internacional de estudiantes y la realización de estancias prácticas extracurriculares o actividades de voluntariado.

Es esencial verificar que cumples con las condiciones necesarias para la concesión del permiso de residencia para estudios en España:

¡Contáctanos hoy mismo para explicarte el trámite con detalle! La primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Residencia Familiares de Ciudadanos de la Unión Europea

Este permiso está específicamente diseñado para familiares de ciudadanos de la Unión Europea (UE), del Espacio Económico Europeo (EEE) y de Suiza que desean residir en un Estado miembro distinto al de su nacionalidad.

Beneficios del Permiso de Residencia de Familiar Comunitario:

Te guiaremos en cada paso del proceso de solicitud, asegurándonos de la idoneidad de los documentos requeridos y del cumplimiento de los requisitos financieros y de seguro médico, para su presentación de manera correcta y oportuna, y gestionando los trámites administrativos necesarios para agilizar el proceso.

Es fundamental demostrar el vínculo familiar con un ciudadano de la UE/EEE o suizo que ya reside en España. Los familiares elegibles incluyen cónyuges o parejas registradas, hijos menores de 21 años o mayores dependientes, padres y abuelos dependientes. Nos aseguraremos de que todos los certificados y documentos presentados cumplan con los requisitos legales.

No hay límite de tiempo para solicitar el permiso, y una vez aprobada la solicitud, tiene una validez inicial de cinco años. Además, el tiempo vivido bajo su cobertura se tiene en cuenta para el cómputo del período requerido para solicitar la nacionalidad española.
Renovación y Residencia Permanente:


La renovación y posterior solicitud de la Tarjeta de Residencia Permanente de Familiar de Ciudadano de la Unión son procesos complejos que requieren atención especializada.

Cuéntanos tu caso, la primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Confía en nuestro despacho para obtener tu Permiso de Residencia de Familiar Comunitario y asegurar el bienestar legal de tu familia en España. Estamos aquí para ayudarte en cada paso del camino.

Solicitud de Nacionalidad Española

Existen diferentes vías para adquirir la nacionalidad española: por residencia, por carta de naturaleza, por origen, por posesión de estado o por opción. Los requisitos varían según la vía de adquisición de la nacionalidad. Por ejemplo, el tiempo de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición en España puede ser de 10 años, 5 años para refugiados, 2 años para ciertas nacionalidades, o incluso solo 1 año en casos específicos.

Si estás buscando obtener la nacionalidad española y no sabes por dónde empezar te proporcionaremos el mejor asesoramiento legal para tu caso específico, te explicaremos con detalle cuál es la opción más adecuada para ti y te guiaremos durante todo el proceso, nos encargaremos de asegurarnos de que cumplas con todos los requisitos necesarios y nos ocuparemos de obtener, traducir y legalizar toda la documentación necesaria para tu solicitud de nacionalidad, gestionando el pago de las tasas obligatorias y presentándola ante el Ministerio de Justicia, para ello estamos adheridos desde 2018 a la plataforma del Consejo General de la Abogacía para la tramitación telemática de las solicitudes.

Te mantendremos puntualmente informado sobre el estado de tramitación de tu expediente y, una vez que se te haya concedido, te asesoraremos con los trámites posteriores (jura de la nacionalidad, obtención del D.N.I.); si lo necesitas te acompañaremos en trámites presenciales.

Confía en nosotros para obtener tu nacionalidad española sin complicaciones.

¿Tienes dudas sobre la solicitud de nacionalidad? Estamos aquí para ayudarte en cada paso del camino, la primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Agilización del Expediente de Nacionalidad

¿Ha transcurrido un año desde que presentaste la solicitud de nacionalidad y no has recibido respuesta de la Administración?

En estos casos los interesados tienen derecho a interponer un recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional para que el Ministerio de Justicia revise el expediente, verifique que todo está en orden y resuelva expresamente.

Tratándose de un procedimiento judicial es obligatorio contar con la representación de un procurador y con la asistencia de abogado.

Si has esperado más de un año y aún no has recibido respuesta a tu solicitud de Nacionalidad Española por Residencia, no dudes en contactarnos: recopilaremos y revisaremos la documentación que presentaste para analizar la viabilidad del recurso y presentaremos el recurso contencioso-administrativo.

Si tienes cualquier duda sobre este procedimiento, contacta con nosotros hoy mismo y acelera tu proceso de nacionalidad. La primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Te mantendremos puntualmente informado sobre el estado de tramitación del recurso y, una vez que se te haya concedido la nacionalidad, te asesoraremos con los trámites posteriores (jura de la nacionalidad, obtención del D.N.I.); si lo necesitas te acompañaremos en trámites presenciales.

Exequátur

El exequátur es un procedimiento legal que se realiza ante un tribunal español para obtener el reconocimiento y la ejecución de una sentencia judicial extranjera en España. En términos simples, es la forma de validar una sentencia emitida en otro país para que tenga plenos efectos legales en España.

Para entenderlo mejor, imagina el siguiente ejemplo: María y José se divorciaron en Venezuela. María reside ahora en España, ha rehecho su vida y quiere casarse. En este caso, María necesitaría iniciar un proceso de exequátur en un tribunal español para que la sentencia de divorcio venezolana sea reconocida y ejecutada en España.

Nosotros nos encargamos de todo el procedimiento judicial, desde la recopilación y legalización de la documentación necesaria hasta la representación legal en el juzgado correspondiente. Nos aseguramos de que el proceso se realice de manera eficiente y sin complicaciones. Además, nos ocupamos de la inscripción de la sentencia en los registros españoles, si es necesario.

Cuéntanos tu caso y resolveremos tus dudas, La primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Estaremos encantados de ayudarte para obtener el reconocimiento y la ejecución de tu sentencia extranjera a través del procedimiento de exequátur para que tenga plenos efectos legales en España.

Divorcios, separaciones, guardia y custodia, pensiones de alimentos, liquidación de gananciales

¿Enfrentas un problema familiar? No estás solo, te brindamos la mejor asistencia legal para encontrar la solución que necesitas; Abordamos tu caso con sensibilidad y profesionalidad, buscando siempre el mejor resultado.

Más que abogados, somos tu apoyo: nuestra larga trayectoria, alta cualificación y éxitos son la garantía del mejor asesoramiento para superar las dificultades y encontrar soluciones satisfactorias.

¿Tienes dudas sobre un proceso de separación o divorcio? Cuéntanos tu caso, la primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Además de los servicios mencionados, también te ayudamos en: Confía en nosotros, solucionaremos tus problemas.

Procedimientos penales, violencia de género, alcoholemias

¿Enfrentas un problema legal de índole penal? No te agobies, te acompañaremos defendiendo tus derechos e intereses con la máxima diligencia, discreción y eficacia.

Contamos con acreditada experiencia y solvencia interviniendo como:

Estaremos a tu lado durante toda la tramitación del proceso penal. ¿Necesitas ayuda legal? Cuéntanos tu caso, la primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.
Confía en nosotros, solucionaremos tus problemas.

Sucesiones, adjudicaciones de herencia

¿Necesitas ayuda para tramitar una herencia? Te ofrecemos la mejor asistencia legal para ayudarte a gestionar el proceso de forma eficiente y segura. Nos ocupamos de todo:

Te explicamos todos los pasos legales de forma clara y comprensible, resolviendo tus dudas, agilizando el proceso y ahorrando tiempo y dinero.

¿Tienes dudas sobre la compleja tarea de gestionar una herencia? Solicita una primera consulta gratuita y te informaremos sin compromiso; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

¡Juntos gestionaremos la herencia de forma eficaz y protegeremos tus intereses!

Reclamaciones de indemnización por accidentes, impagados, arrendamientos

Somos un despacho de abogados especializado en representar y asesorar a clientes en una amplia variedad de procesos de reclamación. Desde accidentes de tráfico o laborales, gestión de impagados, arrendamientos hasta negligencias médicas o defectos en la construcción, defendemos sus derechos con la máxima dedicación y rigor.

Reclamación de Indemnizaciones por Lesiones y Daños en Accidentes. Nuestro compromiso es claro: defendemos los intereses de las personas lesionadas en accidentes de tráfico y laborales, gestionando la reclamación de sus indemnizaciones frente al interés económico de las aseguradoras. No solo buscamos indemnizaciones justas, sino que también velamos por la salud y el bienestar de nuestros clientes, asegurando que reciban el mejor tratamiento médico para su recuperación. Trabajamos por lograr la indemnización más justa para cada persona, no solo para cubrir sus necesidades presentes, también las que puedan surgir en el futuro, sin olvidar los perjuicios morales a familiares o los casos de graves lesionados en los que se necesitará ayuda de terceros, adecuación de vivienda, vehículo.

Reclamaciones de Cantidad y Gestión de Impagados. Ofrecemos asistencia legal para recuperar impagados, diseñando estrategias tanto amistosas como judiciales para defender los intereses de particulares, profesionales y empresas. Nuestras herramientas para garantizar el cobro de las deudas son la perseverancia, constancia y la alta capacitación técnica.

Reclamaciones de Rentas Impagadas y Desahucios. Asesoramos legalmente ante la diversa gama de situaciones relacionados con los contratos de arrendamiento, desde los desahucios por falta de pago, las reclamaciones de las rentas impagadas, los incumplimiento de condiciones o finalización del contrato hasta los casos de inquiokupas, estamos preparados para abordar cada situación con eficacia.

Nuestro proceso de trabajo comienza con un análisis exhaustivo para determinar la solidez de la reclamación y ofrecerte una visión clara de las opciones. Antes de acudir a la vía judicial siempre buscamos resolver las reclamaciones de manera amistosa, negociando para alcanzar un acuerdo justo y equitativo, pero si la vía extrajudicial no prospera, estamos preparados para representarte en tribunales y luchar por tus derechos.

Contamos con una amplia red de contactos profesionales que colaborarán con nosotros para obtener los mejores resultados (investigadores, expertos en reconstrucción de accidentes, peritos médicos, peritos inmobiliarios, peritos informáticos …).

Cuéntanos tu caso, la primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

DICEN DE NOSOTROS

Hemos seleccionado una pequeña muestra de testimonios de clientes que han confiado en nosotros para resolver sus problemas y conseguir sus objetivos. Nos sentimos muy agradecidos y orgullosos de presentar sus opiniones, detrás de las que hay una historia de trabajo y éxito.

Nosotros

Jose Fernando Ferrer García

Inicié mi formación en derecho en Venezuela, especializándome en Derecho Constitucional, lo que me permitió desarrollar habilidades en análisis de legislación, redacción de documentos legales y defensa de derechos constitucionales durante 11 años de carrera judicial. 

Al emigrar a España, continué mis estudios para adaptarme al sistema legal español, obteniendo una visión comparativa y enriquecedora del derecho. Mi experiencia en ambos países me ha dotado de una comprensión versátil y única del derecho, beneficiando a mis clientes con enfoques innovadores. 

Mi práctica se basa en principios de integridad, justicia y dedicación, ofreciendo soluciones legales personalizadas y efectivas.

Letrado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid.

ferrerjf@icam.esferrerjf@icam.es"> 

Ignacio Javier García Ares

Con sólida formación académica, más de 30 años de experiencia profesional y en constante actualización de conocimientos, mi práctica legal me permite abordar cada situación con la seguridad y confianza que solo un abogado experimentado puede ofrecer.

Mi pasión por la investigación y análisis legal, la redacción y argumentación jurídica, se enfocan en la búsqueda del mejor resultado posible para cada caso, por lo que dedico el tiempo y recursos necesarios para comprender a fondo las necesidades e inquietudes de mis clientes.

Tu tranquilidad y éxito son mi prioridad absoluta y refleja mi deseo de contribuir a lograr un mundo más pacífico, agradable y armonioso.

Letrado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid.

ignaciojgarciaares@icam.es

Precios

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Explicamos con sencillez y transparencia las características de nuestros servicios hasta asegurarnos de su total comprensión, detallando en presupuestos y hojas de encargo el coste real de lo que se contrata.  

La comunicación fluida es esencial para una buena relación cliente-abogado; por eso te mantenemos informado en todo momento del estado de tu caso y el  desarrollo de nuestra actividad, respondiendo consultas telefónicas o mensajes electrónicos sin cargos adicionales.


Precios flexibles y adaptables: ofrecemos planes de pago que se ajustan a tus necesidades. Presentamos en detalle los precios, términos y condiciones desde el inicio para asegurar el entendimiento mutuo y evitar confusiones.


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¿Son lo mismo una denuncia y una querella en España?: Descubre las diferencias

La palabra denuncia, la conocemos todos. Otra cosa es cómo se usa esa palabra y si realmente lo que se debe realizar es denunciar.

El problema es mayor cuando en los medios de comunicación escuchamos “querella criminal”. Aquí es cuando cualquier ciudadano medio deduce que se trata de algo penal, de una especie de denuncia, pero no sabe exactamente qué es.

Y lo peor de todo es no saber diferenciarlas.

  • De forma muy básica, podemos decir que con la querella, la persona que denuncia los hechos y presenta la querella, se convierte en acusador particular. 

  • Mientras que un denunciante no tiene por qué personarse como acusación. Puede denunciar unos hechos en los que ni siquiera ha resultado perjudicado.

¿Y qué tienen en común una denuncia y una querella?

En el ámbito jurídico penal español, es fundamental comprender las diferencias entre estos dos mecanismos que son los que te van a permitir iniciar un proceso penal: la denuncia y la querella.

Pero eso sí, ambas figuras sirven para poner en conocimiento de las autoridades un hecho delictivo, pero presentan diferencias clave en cuanto a su forma, su alcance y el papel que juega la persona que las presenta dentro del procedimiento judicial.

Conocer que con ambos instrumentos puedes dar inicio a un procedimiento penal, sólo penal, nada de civil, laboral o cualquier otro ámbito jurídico, es esencial. 

Pero igualmente, saber cuáles son las diferencias entre ambos conceptos es igual de importante para entender si lo que necesitas es interponer una denuncia o presentar una querella.

Porque la interposición de una u otra afecta a la tramitación de un proceso penal.

¿Qué es una denuncia?

La denuncia es un acto por el cual cualquier persona que tenga conocimiento de un posible hecho delictivo informa a las autoridades competentes para que se investigue.

Es un mecanismo sencillo y accesible, que no requiere la asistencia de abogado ni procurador.

La denuncia puede hacerse de manera verbal o por escrito ante distintos organismos, como la Policía, la Guardia Civil, el Juzgado o incluso el Ministerio Fiscal.

Este acto busca que las autoridades tomen conocimiento de un presunto delito, inicien una investigación y, si corresponde, se lleve a cabo un proceso judicial.

No es necesario que la persona que denuncia haya sido la víctima directa del delito, basta con que tenga conocimiento de los hechos.

Ejemplo práctico

Imagina que presencias un robo en una tienda. Puedes ir a la comisaría más cercana y denunciar lo que viste. 

A partir de esa denuncia, la policía comenzará a investigar los hechos. 

Sin embargo, tu papel termina, al menos de momento, al presentar la denuncia, ya que no tienes la obligación de continuar participando activamente en el proceso judicial.

¿Quién puede denunciar?

Cualquier persona mayor de edad y en pleno uso de sus facultades mentales puede denunciar.

Es más, está obligado a denunciar. Al menos según el artículo 259 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Incluso los menores de edad, bajo ciertas circunstancias, pueden denunciar a través de sus tutores o representantes legales.

En algunos casos, las personas que desempeñan ciertos cargos, como los funcionarios públicos, tienen la obligación legal de denunciar si tienen conocimiento de un delito.

Del mismo modo, no todos los ciudadanos están obligados a denunciar:

  • Respecto de los delitos cometidos por su cónyuge o pareja, el otro cónyuge o la pareja, siempre y cuando convivan, no están obligados a denunciar.

  • Tampoco en el ámbito familiar, los ascendientes (padres, abuelos, etc.) o descendientes (hijos, nietos, etc.) y los parientes colaterales hasta el segundo grado, están obligados a denunciar.
    Aunque hay una excepción a lo anterior, cuando se hayan cometido, contra víctima menor de edad o persona con discapacidad y necesitada de especial protección, alguno de estos delitos: 

¿Qué es una querella?

A diferencia de la denuncia, la querella es un instrumento más formal que requiere la intervención de abogado y procurador para presentarse correctamente.

La querella se presenta ante un juez de instrucción y tiene un fin específico: iniciar un proceso penal en el que el querellante, es decir, la persona que presenta la querella, se convierte en parte activa del procedimiento.

Esto significa que el querellante no solo informa sobre el delito, sino que participa en la acusación y en el desarrollo del proceso penal.

La querella debe contener: 

  • Una descripción clara de los hechos

  • La identificación del presunto culpable

  • La calificación penal del delito o delitos. 

  • Una petición formal de que se investiguen los hechos, se acuerden ciertas diligencias de investigación o prueba y las penas que deben imponerse.

Por lo tanto, el querellante, a diferencia del denunciante, se convierte en una figura clave en el proceso judicial, participando como acusador particular en cada etapa del mismo.

Ejemplo práctico

Imagina que eres víctima de un fraude en el que alguien te ha engañado para que le entregues una gran suma de dinero.

Puedes optar por presentar una querella ante el juzgado, y con la ayuda de tu abogado, describir los hechos y solicitar que se investigue al presunto autor del fraude. 

A partir de ese momento, serás parte activa en el proceso, solicitando diligencias de prueba al juez instructor y siguiendo el desarrollo de la causa.

Principales diferencias entre querella y denuncia

Aunque la denuncia y la querella, como ya habrás visto, tienen un objetivo común (iniciar un proceso penal), existen diferencias clave entre ambas:

a) Formalidad y requisitos

  • La denuncia es un acto informal y sencillo.
    Cualquier persona puede presentar una denuncia, sin necesidad de contar con abogado o procurador.

  • La querella, en cambio, es un procedimiento formal que requiere la asistencia de un abogado y un procurador.
    Debe presentarse ante el juez y cumplir con una serie de requisitos, como la identificación de las partes y una exposición detallada de los hechos y las pruebas que se van a aportar.

b) Papel del denunciante o querellante

  • El denunciante, tras poner en conocimiento de las autoridades los hechos, no tiene que seguir participando en el proceso judicial (a no ser que se le cite como testigo).
    La denuncia simplemente sirve como punto de partida para que las autoridades investiguen los hechos.

  • El querellante, en cambio, se convierte en parte activa del proceso penal.
    Esto significa que tendrá derecho a pedir y participar en las diligencias, aportar pruebas y ser parte del juicio.

c) Procedimiento judicial

Cuando se presenta una denuncia, las autoridades (como la policía o el juez) inician una investigación para determinar si los hechos denunciados constituyen un delito con el fin de valorar si se abre o no proceso judicial.

En cambio, con la querella, se inicia directamente un procedimiento penal ante un Juez de Instrucción.

El querellante, además, a diferencia del denunciante, tiene derecho a proponer la práctica de pruebas y a solicitar medidas cautelares, como la detención del querellado o el embargo de sus bienes.

¿Cuándo presentar una denuncia y cuándo una querella?

Elegir entre una denuncia o una querella depende de la situación y el nivel de implicación que quieras tener en el proceso.

Si simplemente quieres informar a las autoridades de la existencia de un posible delito sin involucrarte en el proceso, la denuncia es la opción más adecuada.

Es ideal en casos en los que no eres la víctima directa o cuando prefieres que sea el Ministerio Fiscal quien acuse.

Por otro lado, si has sido directamente afectado por el delito y quieres participar activamente en el proceso, la querella es el mecanismo adecuado.

Ejemplo práctico

En un caso de robo en tu domicilio, podrías optar por presentar una denuncia ante la policía para que ellos inicien la investigación.

Pero si, por ejemplo, eres víctima de un fraude financiero y deseas perseguir activamente al responsable, lo más recomendable sería presentar una querella para involucrarte en el proceso judicial.

Plazo para denunciar o querellarse

La ley establece plazos para la presentación de denuncias y querellas, que varían según el tipo de delito.

Por ejemplo, los delitos leves pueden tener un plazo de un año para denunciarse, mientras que el resto de delitos, tienen límite temporal más elevado, de entre 5 y 20 años dependiendo de las penas que se puedan imponer.

Es importante respetar estos plazos, ya que si el delito prescribe, es decir, si pasa demasiado tiempo desde su comisión sin que se (sin que se ponga en conocimiento de las autoridades), no podrá perseguirse judicialmente.

Denuncia o querella: ¿cuál es la mejor opción para ti?

Tanto la denuncia como la querella son herramientas importantes dentro del sistema judicial español para poner en marcha un proceso penal.

Si bien ambas permiten comunicar la comisión de un delito, la querella ofrece un mayor grado de implicación en el proceso.

Aunque el denunciante forma parte del proceso como testigo de los hechos, puede ocurrir que también haya sido víctima o perjudicado por el delito, en cuyo caso también podrá personarse posteriormente en el proceso penal como acusación particular, representado por procurador y asistido por abogado que defienda sus intereses y derechos.

Saber cuándo utilizar una u otra depende de la situación particular, del papel que quieras asumir en el caso y de la naturaleza del delito en cuestión.

Si tienes dudas sobre cuál es la mejor opción para ti, lo más recomendable es que nos cuentes tu caso. 

En tuabogado.legal, somos abogados especializados en derecho penal y vamos a ayudarte a tomar esta decisión clave para el resto del proceso penal.

La palabra denuncia, la conocemos todos. Otra cosa es cómo se usa esa palabra y si realmente lo que se debe realizar es denunciar.

El problema es mayor cuando en los medios de comunicación escuchamos “querella criminal”. Aquí es cuando cualquier ciudadano medio deduce que se trata de algo penal, de una especie de denuncia, pero no sabe exactamente qué es.

Y lo peor de todo es no saber diferenciarlas.

  • De forma muy básica, podemos decir que con la querella, la persona que denuncia los hechos y presenta la querella, se convierte en acusador particular. 

  • Mientras que un denunciante no tiene por qué personarse como acusación. Puede denunciar unos hechos en los que ni siquiera ha resultado perjudicado.

¿Y qué tienen en común una denuncia y una querella?

En el ámbito jurídico penal español, es fundamental comprender las diferencias entre estos dos mecanismos que son los que te van a permitir iniciar un proceso penal: la denuncia y la querella.

Pero eso sí, ambas figuras sirven para poner en conocimiento de las autoridades un hecho delictivo, pero presentan diferencias clave en cuanto a su forma, su alcance y el papel que juega la persona que las presenta dentro del procedimiento judicial.

Conocer que con ambos instrumentos puedes dar inicio a un procedimiento penal, sólo penal, nada de civil, laboral o cualquier otro ámbito jurídico, es esencial. 

Pero igualmente, saber cuáles son las diferencias entre ambos conceptos es igual de importante para entender si lo que necesitas es interponer una denuncia o presentar una querella.

Porque la interposición de una u otra afecta a la tramitación de un proceso penal.

¿Qué es una denuncia?

La denuncia es un acto por el cual cualquier persona que tenga conocimiento de un posible hecho delictivo informa a las autoridades competentes para que se investigue.

Es un mecanismo sencillo y accesible, que no requiere la asistencia de abogado ni procurador.

La denuncia puede hacerse de manera verbal o por escrito ante distintos organismos, como la Policía, la Guardia Civil, el Juzgado o incluso el Ministerio Fiscal.

Este acto busca que las autoridades tomen conocimiento de un presunto delito, inicien una investigación y, si corresponde, se lleve a cabo un proceso judicial.

No es necesario que la persona que denuncia haya sido la víctima directa del delito, basta con que tenga conocimiento de los hechos.

Ejemplo práctico

Imagina que presencias un robo en una tienda. Puedes ir a la comisaría más cercana y denunciar lo que viste. 

A partir de esa denuncia, la policía comenzará a investigar los hechos. 

Sin embargo, tu papel termina, al menos de momento, al presentar la denuncia, ya que no tienes la obligación de continuar participando activamente en el proceso judicial.

¿Quién puede denunciar?

Cualquier persona mayor de edad y en pleno uso de sus facultades mentales puede denunciar.

Es más, está obligado a denunciar. Al menos según el artículo 259 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Incluso los menores de edad, bajo ciertas circunstancias, pueden denunciar a través de sus tutores o representantes legales.

En algunos casos, las personas que desempeñan ciertos cargos, como los funcionarios públicos, tienen la obligación legal de denunciar si tienen conocimiento de un delito.

Del mismo modo, no todos los ciudadanos están obligados a denunciar:

  • Respecto de los delitos cometidos por su cónyuge o pareja, el otro cónyuge o la pareja, siempre y cuando convivan, no están obligados a denunciar.

  • Tampoco en el ámbito familiar, los ascendientes (padres, abuelos, etc.) o descendientes (hijos, nietos, etc.) y los parientes colaterales hasta el segundo grado, están obligados a denunciar.
    Aunque hay una excepción a lo anterior, cuando se hayan cometido, contra víctima menor de edad o persona con discapacidad y necesitada de especial protección, alguno de estos delitos: 

¿Qué es una querella?

A diferencia de la denuncia, la querella es un instrumento más formal que requiere la intervención de abogado y procurador para presentarse correctamente.

La querella se presenta ante un juez de instrucción y tiene un fin específico: iniciar un proceso penal en el que el querellante, es decir, la persona que presenta la querella, se convierte en parte activa del procedimiento.

Esto significa que el querellante no solo informa sobre el delito, sino que participa en la acusación y en el desarrollo del proceso penal.

La querella debe contener: 

  • Una descripción clara de los hechos

  • La identificación del presunto culpable

  • La calificación penal del delito o delitos. 

  • Una petición formal de que se investiguen los hechos, se acuerden ciertas diligencias de investigación o prueba y las penas que deben imponerse.

Por lo tanto, el querellante, a diferencia del denunciante, se convierte en una figura clave en el proceso judicial, participando como acusador particular en cada etapa del mismo.

Ejemplo práctico

Imagina que eres víctima de un fraude en el que alguien te ha engañado para que le entregues una gran suma de dinero.

Puedes optar por presentar una querella ante el juzgado, y con la ayuda de tu abogado, describir los hechos y solicitar que se investigue al presunto autor del fraude. 

A partir de ese momento, serás parte activa en el proceso, solicitando diligencias de prueba al juez instructor y siguiendo el desarrollo de la causa.

Principales diferencias entre querella y denuncia

Aunque la denuncia y la querella, como ya habrás visto, tienen un objetivo común (iniciar un proceso penal), existen diferencias clave entre ambas:

a) Formalidad y requisitos

  • La denuncia es un acto informal y sencillo.
    Cualquier persona puede presentar una denuncia, sin necesidad de contar con abogado o procurador.

  • La querella, en cambio, es un procedimiento formal que requiere la asistencia de un abogado y un procurador.
    Debe presentarse ante el juez y cumplir con una serie de requisitos, como la identificación de las partes y una exposición detallada de los hechos y las pruebas que se van a aportar.

b) Papel del denunciante o querellante

  • El denunciante, tras poner en conocimiento de las autoridades los hechos, no tiene que seguir participando en el proceso judicial (a no ser que se le cite como testigo).
    La denuncia simplemente sirve como punto de partida para que las autoridades investiguen los hechos.

  • El querellante, en cambio, se convierte en parte activa del proceso penal.
    Esto significa que tendrá derecho a pedir y participar en las diligencias, aportar pruebas y ser parte del juicio.

c) Procedimiento judicial

Cuando se presenta una denuncia, las autoridades (como la policía o el juez) inician una investigación para determinar si los hechos denunciados constituyen un delito con el fin de valorar si se abre o no proceso judicial.

En cambio, con la querella, se inicia directamente un procedimiento penal ante un Juez de Instrucción.

El querellante, además, a diferencia del denunciante, tiene derecho a proponer la práctica de pruebas y a solicitar medidas cautelares, como la detención del querellado o el embargo de sus bienes.

¿Cuándo presentar una denuncia y cuándo una querella?

Elegir entre una denuncia o una querella depende de la situación y el nivel de implicación que quieras tener en el proceso.

Si simplemente quieres informar a las autoridades de la existencia de un posible delito sin involucrarte en el proceso, la denuncia es la opción más adecuada.

Es ideal en casos en los que no eres la víctima directa o cuando prefieres que sea el Ministerio Fiscal quien acuse.

Por otro lado, si has sido directamente afectado por el delito y quieres participar activamente en el proceso, la querella es el mecanismo adecuado.

Ejemplo práctico

En un caso de robo en tu domicilio, podrías optar por presentar una denuncia ante la policía para que ellos inicien la investigación.

Pero si, por ejemplo, eres víctima de un fraude financiero y deseas perseguir activamente al responsable, lo más recomendable sería presentar una querella para involucrarte en el proceso judicial.

Plazo para denunciar o querellarse

La ley establece plazos para la presentación de denuncias y querellas, que varían según el tipo de delito.

Por ejemplo, los delitos leves pueden tener un plazo de un año para denunciarse, mientras que el resto de delitos, tienen límite temporal más elevado, de entre 5 y 20 años dependiendo de las penas que se puedan imponer.

Es importante respetar estos plazos, ya que si el delito prescribe, es decir, si pasa demasiado tiempo desde su comisión sin que se (sin que se ponga en conocimiento de las autoridades), no podrá perseguirse judicialmente.

Denuncia o querella: ¿cuál es la mejor opción para ti?

Tanto la denuncia como la querella son herramientas importantes dentro del sistema judicial español para poner en marcha un proceso penal.

Si bien ambas permiten comunicar la comisión de un delito, la querella ofrece un mayor grado de implicación en el proceso.

Aunque el denunciante forma parte del proceso como testigo de los hechos, puede ocurrir que también haya sido víctima o perjudicado por el delito, en cuyo caso también podrá personarse posteriormente en el proceso penal como acusación particular, representado por procurador y asistido por abogado que defienda sus intereses y derechos.

Saber cuándo utilizar una u otra depende de la situación particular, del papel que quieras asumir en el caso y de la naturaleza del delito en cuestión.

Si tienes dudas sobre cuál es la mejor opción para ti, lo más recomendable es que nos cuentes tu caso. 

En tuabogado.legal, somos abogados especializados en derecho penal y vamos a ayudarte a tomar esta decisión clave para el resto del proceso penal.