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Somos abogados con amplia experiencia y reconocida solvencia.

Golden Visa Residencia para Inversores

En un mundo cada vez más globalizado, la búsqueda de oportunidades y la expansión de horizontes se han convertido en una meta común. Si estás considerando establecerte en España, ya sea para desarrollar tu carrera profesional, iniciar un nuevo negocio o simplemente disfrutar de un estilo de vida diferente, la Golden Visa puede ser tu llave de entrada.

Entendemos los desafíos y las complejidades que implica la migración internacional y estamos aquí para guiarte y apoyarte en cada paso del camino, desde la evaluación inicial hasta la obtención exitosa del visado.

Te ofrecemos:
Aclaramos tus dudas y respondemos tus preguntas.

Tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos. Además de las residencias para inversores, también somos expertos en tramitación de residencias para profesionales altamente cualificados, emprendedores en búsqueda de nuevas oportunidades y nómadas digitales. Nos comprometemos a brindarte un servicio personalizado y de calidad que te permita alcanzar tus objetivos de forma eficiente y segura.

Autorización de Residencia Temporal No Lucrativa

Estás pensando en cambiar tu residencia a España de manera temporal o permanente pero sin la necesidad de realizar actividades económicas? Entonces, la residencia temporal no lucrativa es la opción perfecta para ti. Esta autorización te permite vivir en España por motivos no económicos, ya sea para estudiar, investigar, formarte o simplemente disfrutar de tu jubilación, sin la necesidad de realizar actividades laborales o profesionales.

Esta autorización se basa en la posesión de suficientes recursos financieros para mantenerse en el país sin ser una carga para el Estado. La residencia se otorga inicialmente por un año y puede renovarse hasta alcanzar un total de cinco años, momento en el que se puede solicitar la residencia permanente o de larga duración.

Si cuentas con nosotros, analizaremos tu situación específica y te proporcionaremos asesoramiento detallado sobre los requisitos, documentación y procedimientos para obtener la residencia temporal no lucrativa en España.

Nos encargaremos de preparar y presentar tu solicitud ante las autoridades competentes, asegurándonos de que todos los documentos estén en orden y cumplas con todos los requisitos establecidos por la normativa española.

Te mantendremos informado en todo momento sobre el estado de tu solicitud y estaremos disponibles para responder cualquier pregunta o inquietud que puedas tener durante el proceso.

Cuéntanos tu caso, la primera consulta es gratuita.

tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Puedes tener la tranquilidad de saber que estás en buenas manos. Nos comprometemos a trabajar incansablemente para obtener tu autorización de residencia de forma exitosa.

Permisos de residencia por arraigo (social, familiar, social)

La residencia por arraigo es una autorización temporal otorgada a ciudadanos extranjeros que se encuentran en situación irregular en España y que tienen vínculos familiares en el país o están integrados socialmente.

Si te encuentras en España en situación irregular nos ocupamos de regularizar tu situación.

Existen tres tipos de arraigo, cada uno con requisitos específicos:



Cuéntanos tu caso hoy mismo e inicia tu regularización en España. La primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Autorización inicial y prórroga de estancia por estudios

La permanencia para cursar estudios en España te brinda la oportunidad de vivir en territorio español por más de 90 días con el objetivo de iniciar o continuar tu formación académica en una institución educativa reconocida en el país. Esta autorización no solo te permite involucrarte en un plan de estudios de jornada completa que culmina con la obtención de un título o certificado académico, sino que también abre las puertas a la transición internacional de estudiantes y la realización de estancias prácticas extracurriculares o actividades de voluntariado.

Es esencial verificar que cumples con las condiciones necesarias para la concesión del permiso de residencia para estudios en España:

¡Contáctanos hoy mismo para explicarte el trámite con detalle! La primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Residencia Familiares de Ciudadanos de la Unión Europea

Este permiso está específicamente diseñado para familiares de ciudadanos de la Unión Europea (UE), del Espacio Económico Europeo (EEE) y de Suiza que desean residir en un Estado miembro distinto al de su nacionalidad.

Beneficios del Permiso de Residencia de Familiar Comunitario:

Te guiaremos en cada paso del proceso de solicitud, asegurándonos de la idoneidad de los documentos requeridos y del cumplimiento de los requisitos financieros y de seguro médico, para su presentación de manera correcta y oportuna, y gestionando los trámites administrativos necesarios para agilizar el proceso.

Es fundamental demostrar el vínculo familiar con un ciudadano de la UE/EEE o suizo que ya reside en España. Los familiares elegibles incluyen cónyuges o parejas registradas, hijos menores de 21 años o mayores dependientes, padres y abuelos dependientes. Nos aseguraremos de que todos los certificados y documentos presentados cumplan con los requisitos legales.

No hay límite de tiempo para solicitar el permiso, y una vez aprobada la solicitud, tiene una validez inicial de cinco años. Además, el tiempo vivido bajo su cobertura se tiene en cuenta para el cómputo del período requerido para solicitar la nacionalidad española.
Renovación y Residencia Permanente:


La renovación y posterior solicitud de la Tarjeta de Residencia Permanente de Familiar de Ciudadano de la Unión son procesos complejos que requieren atención especializada.

Cuéntanos tu caso, la primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Confía en nuestro despacho para obtener tu Permiso de Residencia de Familiar Comunitario y asegurar el bienestar legal de tu familia en España. Estamos aquí para ayudarte en cada paso del camino.

Solicitud de Nacionalidad Española

Existen diferentes vías para adquirir la nacionalidad española: por residencia, por carta de naturaleza, por origen, por posesión de estado o por opción. Los requisitos varían según la vía de adquisición de la nacionalidad. Por ejemplo, el tiempo de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición en España puede ser de 10 años, 5 años para refugiados, 2 años para ciertas nacionalidades, o incluso solo 1 año en casos específicos.

Si estás buscando obtener la nacionalidad española y no sabes por dónde empezar te proporcionaremos el mejor asesoramiento legal para tu caso específico, te explicaremos con detalle cuál es la opción más adecuada para ti y te guiaremos durante todo el proceso, nos encargaremos de asegurarnos de que cumplas con todos los requisitos necesarios y nos ocuparemos de obtener, traducir y legalizar toda la documentación necesaria para tu solicitud de nacionalidad, gestionando el pago de las tasas obligatorias y presentándola ante el Ministerio de Justicia, para ello estamos adheridos desde 2018 a la plataforma del Consejo General de la Abogacía para la tramitación telemática de las solicitudes.

Te mantendremos puntualmente informado sobre el estado de tramitación de tu expediente y, una vez que se te haya concedido, te asesoraremos con los trámites posteriores (jura de la nacionalidad, obtención del D.N.I.); si lo necesitas te acompañaremos en trámites presenciales.

Confía en nosotros para obtener tu nacionalidad española sin complicaciones.

¿Tienes dudas sobre la solicitud de nacionalidad? Estamos aquí para ayudarte en cada paso del camino, la primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Agilización del Expediente de Nacionalidad

¿Ha transcurrido un año desde que presentaste la solicitud de nacionalidad y no has recibido respuesta de la Administración?

En estos casos los interesados tienen derecho a interponer un recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional para que el Ministerio de Justicia revise el expediente, verifique que todo está en orden y resuelva expresamente.

Tratándose de un procedimiento judicial es obligatorio contar con la representación de un procurador y con la asistencia de abogado.

Si has esperado más de un año y aún no has recibido respuesta a tu solicitud de Nacionalidad Española por Residencia, no dudes en contactarnos: recopilaremos y revisaremos la documentación que presentaste para analizar la viabilidad del recurso y presentaremos el recurso contencioso-administrativo.

Si tienes cualquier duda sobre este procedimiento, contacta con nosotros hoy mismo y acelera tu proceso de nacionalidad. La primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Te mantendremos puntualmente informado sobre el estado de tramitación del recurso y, una vez que se te haya concedido la nacionalidad, te asesoraremos con los trámites posteriores (jura de la nacionalidad, obtención del D.N.I.); si lo necesitas te acompañaremos en trámites presenciales.

Exequátur

El exequátur es un procedimiento legal que se realiza ante un tribunal español para obtener el reconocimiento y la ejecución de una sentencia judicial extranjera en España. En términos simples, es la forma de validar una sentencia emitida en otro país para que tenga plenos efectos legales en España.

Para entenderlo mejor, imagina el siguiente ejemplo: María y José se divorciaron en Venezuela. María reside ahora en España, ha rehecho su vida y quiere casarse. En este caso, María necesitaría iniciar un proceso de exequátur en un tribunal español para que la sentencia de divorcio venezolana sea reconocida y ejecutada en España.

Nosotros nos encargamos de todo el procedimiento judicial, desde la recopilación y legalización de la documentación necesaria hasta la representación legal en el juzgado correspondiente. Nos aseguramos de que el proceso se realice de manera eficiente y sin complicaciones. Además, nos ocupamos de la inscripción de la sentencia en los registros españoles, si es necesario.

Cuéntanos tu caso y resolveremos tus dudas, La primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Estaremos encantados de ayudarte para obtener el reconocimiento y la ejecución de tu sentencia extranjera a través del procedimiento de exequátur para que tenga plenos efectos legales en España.

Divorcios, separaciones, guardia y custodia, pensiones de alimentos, liquidación de gananciales

¿Enfrentas un problema familiar? No estás solo, te brindamos la mejor asistencia legal para encontrar la solución que necesitas; Abordamos tu caso con sensibilidad y profesionalidad, buscando siempre el mejor resultado.

Más que abogados, somos tu apoyo: nuestra larga trayectoria, alta cualificación y éxitos son la garantía del mejor asesoramiento para superar las dificultades y encontrar soluciones satisfactorias.

¿Tienes dudas sobre un proceso de separación o divorcio? Cuéntanos tu caso, la primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Además de los servicios mencionados, también te ayudamos en: Confía en nosotros, solucionaremos tus problemas.

Procedimientos penales, violencia de género, alcoholemias

¿Enfrentas un problema legal de índole penal? No te agobies, te acompañaremos defendiendo tus derechos e intereses con la máxima diligencia, discreción y eficacia.

Contamos con acreditada experiencia y solvencia interviniendo como:

Estaremos a tu lado durante toda la tramitación del proceso penal. ¿Necesitas ayuda legal? Cuéntanos tu caso, la primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.
Confía en nosotros, solucionaremos tus problemas.

Sucesiones, adjudicaciones de herencia

¿Necesitas ayuda para tramitar una herencia? Te ofrecemos la mejor asistencia legal para ayudarte a gestionar el proceso de forma eficiente y segura. Nos ocupamos de todo:

Te explicamos todos los pasos legales de forma clara y comprensible, resolviendo tus dudas, agilizando el proceso y ahorrando tiempo y dinero.

¿Tienes dudas sobre la compleja tarea de gestionar una herencia? Solicita una primera consulta gratuita y te informaremos sin compromiso; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

¡Juntos gestionaremos la herencia de forma eficaz y protegeremos tus intereses!

Reclamaciones de indemnización por accidentes, impagados, arrendamientos

Somos un despacho de abogados especializado en representar y asesorar a clientes en una amplia variedad de procesos de reclamación. Desde accidentes de tráfico o laborales, gestión de impagados, arrendamientos hasta negligencias médicas o defectos en la construcción, defendemos sus derechos con la máxima dedicación y rigor.

Reclamación de Indemnizaciones por Lesiones y Daños en Accidentes. Nuestro compromiso es claro: defendemos los intereses de las personas lesionadas en accidentes de tráfico y laborales, gestionando la reclamación de sus indemnizaciones frente al interés económico de las aseguradoras. No solo buscamos indemnizaciones justas, sino que también velamos por la salud y el bienestar de nuestros clientes, asegurando que reciban el mejor tratamiento médico para su recuperación. Trabajamos por lograr la indemnización más justa para cada persona, no solo para cubrir sus necesidades presentes, también las que puedan surgir en el futuro, sin olvidar los perjuicios morales a familiares o los casos de graves lesionados en los que se necesitará ayuda de terceros, adecuación de vivienda, vehículo.

Reclamaciones de Cantidad y Gestión de Impagados. Ofrecemos asistencia legal para recuperar impagados, diseñando estrategias tanto amistosas como judiciales para defender los intereses de particulares, profesionales y empresas. Nuestras herramientas para garantizar el cobro de las deudas son la perseverancia, constancia y la alta capacitación técnica.

Reclamaciones de Rentas Impagadas y Desahucios. Asesoramos legalmente ante la diversa gama de situaciones relacionados con los contratos de arrendamiento, desde los desahucios por falta de pago, las reclamaciones de las rentas impagadas, los incumplimiento de condiciones o finalización del contrato hasta los casos de inquiokupas, estamos preparados para abordar cada situación con eficacia.

Nuestro proceso de trabajo comienza con un análisis exhaustivo para determinar la solidez de la reclamación y ofrecerte una visión clara de las opciones. Antes de acudir a la vía judicial siempre buscamos resolver las reclamaciones de manera amistosa, negociando para alcanzar un acuerdo justo y equitativo, pero si la vía extrajudicial no prospera, estamos preparados para representarte en tribunales y luchar por tus derechos.

Contamos con una amplia red de contactos profesionales que colaborarán con nosotros para obtener los mejores resultados (investigadores, expertos en reconstrucción de accidentes, peritos médicos, peritos inmobiliarios, peritos informáticos …).

Cuéntanos tu caso, la primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

DICEN DE NOSOTROS

Hemos seleccionado una pequeña muestra de testimonios de clientes que han confiado en nosotros para resolver sus problemas y conseguir sus objetivos. Nos sentimos muy agradecidos y orgullosos de presentar sus opiniones, detrás de las que hay una historia de trabajo y éxito.

Nosotros

Jose Fernando Ferrer García

Inicié mi formación en derecho en Venezuela, especializándome en Derecho Constitucional, lo que me permitió desarrollar habilidades en análisis de legislación, redacción de documentos legales y defensa de derechos constitucionales durante 11 años de carrera judicial. 

Al emigrar a España, continué mis estudios para adaptarme al sistema legal español, obteniendo una visión comparativa y enriquecedora del derecho. Mi experiencia en ambos países me ha dotado de una comprensión versátil y única del derecho, beneficiando a mis clientes con enfoques innovadores. 

Mi práctica se basa en principios de integridad, justicia y dedicación, ofreciendo soluciones legales personalizadas y efectivas.

Letrado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid.

ferrerjf@icam.esferrerjf@icam.es"> 

Ignacio Javier García Ares

Con sólida formación académica, más de 30 años de experiencia profesional y en constante actualización de conocimientos, mi práctica legal me permite abordar cada situación con la seguridad y confianza que solo un abogado experimentado puede ofrecer.

Mi pasión por la investigación y análisis legal, la redacción y argumentación jurídica, se enfocan en la búsqueda del mejor resultado posible para cada caso, por lo que dedico el tiempo y recursos necesarios para comprender a fondo las necesidades e inquietudes de mis clientes.

Tu tranquilidad y éxito son mi prioridad absoluta y refleja mi deseo de contribuir a lograr un mundo más pacífico, agradable y armonioso.

Letrado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid.

ignaciojgarciaares@icam.es

Precios

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Explicamos con sencillez y transparencia las características de nuestros servicios hasta asegurarnos de su total comprensión, detallando en presupuestos y hojas de encargo el coste real de lo que se contrata.  

La comunicación fluida es esencial para una buena relación cliente-abogado; por eso te mantenemos informado en todo momento del estado de tu caso y el  desarrollo de nuestra actividad, respondiendo consultas telefónicas o mensajes electrónicos sin cargos adicionales.


Precios flexibles y adaptables: ofrecemos planes de pago que se ajustan a tus necesidades. Presentamos en detalle los precios, términos y condiciones desde el inicio para asegurar el entendimiento mutuo y evitar confusiones.


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Monitorio comunidad de propietarios: Cómo recuperar las cuotas impagadas

El proceso monitorio para una comunidad de propietarios es una herramienta jurídica que permite a los vecinos reclamar las cuotas impagadas por otro vecino de la comunidad de una forma rápida y eficaz. 

Porque si vives en una comunidad de vecinos, casi seguro que hay algún “moroso” en ella. Ese típico vecino que no paga las cuotas de la comunidad y que, en muchos casos, se desconoce cómo la comunidad de propietarios puede reclamar esa deuda.

Además, en este tipo específico de procedimiento monitorio de comunidades de vecinos, se puede exigir el pago de las costas al deudor. Algo que no puede exigirse en el resto de procedimientos monitorios.

El procedimiento monitorio está regulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil junto con las excepciones contempladas en la Ley de Propiedad Horizontal para este tipo de causas civiles. 

La comunidad de propietarios, a través de su aprobación en Junta, lo que va a exigir en este procedimiento monitorio es el pago de todas las cantidades debidas en concepto de gastos comunes.

Qué ventajas tiene el procedimiento monitorio para reclamar deudas en comunidades de propietarios

Te hemos dado una pequeña introducción de por qué de este procedimiento es bueno para reclamar deudas de comunidades de vecinos, ¿pero qué beneficios reales aporta reclamar deudas a través del procedimiento monitorio?

  1. La sencillez del procedimiento, porque basta con presentar ante el juzgado competente una solicitud con un título ejecutivo que permita al Juzgado exigir el pago de la deuda pendiente.
    No es necesario elaborar una demanda completa, lo que reduce los costes legales, especialmente si se opta por contratar a un abogado, algo que no es indispensable para este trámite inicial, pero sí muy recomendable.

  2. Una vez revisada la solicitud inicial junto con los documentos y facturas que prueban la deuda, el juzgado procede a requerir al deudor para que realice el pago dentro de un plazo de 20 días.
    Este requerimiento es personal. 

  3. Si el deudor paga la cantidad principal, el procedimiento se cierra.

  4. Si el deudor no paga y se opone al requerimiento de pago, el caso se transforma en un juicio verbal u ordinario, dependiendo de la cuantía de la deuda.
    En la mayor parte de los casos se transformará en un juicio verbal dado que la cuantía de la deuda para transformarlo en ordinario es de 15.000 euros.
    Un aspecto llamativo y que hay que tener en cuenta es que, incluso cuando la parte deudora se opone, es posible solicitar el embargo preventivo de bienes. 

Este procedimiento se regula en el artículo 812 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, caracterizándose por ser un trámite directo, rápido y efectivo. 

Los detalles específicos relativos a este procedimiento se encuentran regulados en el artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal.

Requisitos y características del procedimiento monitorio para comunidades de propietarios

El procedimiento monitorio en una comunidad de propietarios es probablemente una de las mejores herramientas jurídicas para reclamar deudas en comunidades de propietarios.

Eso sí, requiere de los conocimientos jurídicos específicos para que la solicitud no caiga en saco roto. 

Veamos los requisitos esenciales para que el juzgado inicie el proceso y pueda requerir de pago al deudor:

Notificación al deudor

Se debe notificar al vecino moroso de la deuda pendiente y requerirle de pago anteriormente a certificar la deuda en Junta.

Certificación de deudas en Junta de la comunidad

En una Junta de propietarios, se deberá acordar la reclamación de la deuda por vía judicial realizándose, así, por el administrador de la finca, una certificación de deudas para fijar el importe adeudado por el propietario moroso.

Esta certificación debe ir firmada por el Secretario de la finca (normalmente el administrador) con el visto bueno del Presidente.

Autorización al presidente para representar legalmente

Esta parte se olvida de vez en cuando o se cometen errores que permiten a la parte que se opone ganar el juicio con facilidad. 

Sobre todo sucede en fincas que no están administradas por un administrador colegiado.

La comunidad debe autorizar al presidente para que pueda representar legalmente a la comunidad en el proceso monitorio y tomar las acciones necesarias para su ejecución.

Claves para iniciar un proceso de reclamación a través de un procedimiento monitorio en comunidad de propietarios

Antes de empezar, la comunidad de propietarios debe realizar ciertas acciones legales que respalden y prueben la deuda del vecino moroso:

Contenido del requerimiento de pago

Para el requerimiento de pago en el proceso monitorio de una comunidad de propietarios se debe incluir junto con la demanda: 

  • Datos del deudor

  • Importe adeudado

  • Fecha de vencimiento de las cuotas impagadas

  • Conceptos detallados de los gastos comunes pendientes 

  • Cualquier otra información relevante para la reclamación.

Documentación necesaria

Para respaldar la solicitud judicial y el requerimiento de pago a efectuar por el juzgado, la comunidad de propietarios debe adjuntar: 

  • Certificación de deudas emitida en la Junta, que detalle las cantidades pendientes de pago por el propietario moroso.

  • Cualquier documentación adicional que sustente la reclamación, como actas de reuniones o comunicaciones previas.

Tramitación del procedimiento monitorio y acciones a seguir por la comunidad

Antes de ver cuáles son los plazos que afectan al procedimiento, lo primero a tener en cuenta es que este tipo de deudas, prescriben.

La comunidad de propietarios tiene un periodo de 5 años para reclamar las deudas al vecino moroso desde el momento que incumple con el pago de los gastos comunes.

Bien es verdad, que cada vez que se realiza una reclamación de la deuda, este plazo de prescripción se interrumpe.

Una vez que se solicita al juzgado que requiera de pago al vecino deudor de la deuda pendiente con la comunidad de propietarios, este cuenta con un plazo de 20 días para oponerse o abonar la deuda.

En este momento procesal, pueden darse tres casos:

  • El deudor paga, el juzgado abona el dinero a la comunidad de propietarios y se archiva el proceso.

  • El deudor se opone al requerimiento de pago, porque considera que no debe la cantidad reclamada en todo o en parte.

  • El deudor ni paga ni se opone, con lo que la comunidad puede solicitar al juzgado que archive el procedimiento monitorio, despache ejecución y proceda al embargo de bienes del deudor para saldar la deuda.

Oposición del deudor y medidas a tomar

Si el deudor decide oponerse al requerimiento de pago, el procedimiento monitorio se puede transformar en juicio verbal u ordinario dependiendo de la cuantía.

Lo normal y más habitual por la cuantía reclamada es que se transforme en juicio verbal.

En este caso, si el deudor en su escrito de oposición no solicita la celebración de vista y la comunidad de propietarios en el escrito donde impugne la oposición del deudor, tampoco la solicita, el Juez dictará sentencia directamente sin necesidad de celebrar ningún tipo de juicio oral.

Si la deuda sobrepasa los 15.000 euros, se dará traslado a la comunidad de vecinos para que interponga demanda de juicio ordinario.

A partir de que se interponga la demanda, se seguirá el trámite establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil para el juicio ordinario. 

Debiendo celebrarse audiencia previa y juicio oral para resolver el proceso.

Despacho de ejecución y embargo de bienes

Una vez agotados los plazos legales y las posibilidades de acuerdo con el deudor, se puede proceder al despacho de ejecución para hacer efectivo el pago de la deuda solicitando el embargo de los bienes del deudor.

Aunque la ley dictamina que se despache ejecución directamente, lo habitual es que el juzgado archive el procedimiento monitorio a través de un Decreto y la comunidad de vecinos deba interponer una demanda de ejecución.

Todo esto aumenta las costas judiciales que deberá abonar el demandado.

Normativas, Juzgados competentes y especificaciones relevantes del proceso monitorio para comunidades de propietarios

Ley de Propiedad Horizontal: regulación específica para reclamación de deudas

La Ley de Propiedad Horizontal, a través de su art. 21, regula ciertos aspectos legales relacionados con las comunidades de propietarios, estableciendo las bases de reclamación de las deudas.

Así, podemos resumir de forma esquemática este art. 21 de la LPH en el que se regulan específicamente las medidas contra la morosidad, el procedimiento de reclamación y los requisitos para reclamar cuando existen vecinos morosos dentro de una comunidad de propietarios:

Medidas contra la morosidad:

  • Implementación de intereses superiores al legal.

  • Privación temporal de servicios o instalaciones (no retroactivas, no abusivas, no afectan habitabilidad).

  • Estas medidas suelen estar ya incluídas en los estatutos de la comunidad.

  • Créditos de la comunidad generan intereses desde el incumplimiento de pago.

Procedimientos de reclamación:

  • Uso de procesos judiciales, incluyendo el monitorio especial para comunidades de propietarios.

  • Reclamación de gastos comunes ordinarios y extraordinarios, y fondo de reserva.

  • El demandado será siempre el titular registral del inmueble.

Requisitos para el procedimiento monitorio:

  • Emisión de certificado de liquidación de deuda emitido por el secretario, con visto bueno del presidente.

  • Documento de notificación y requerimiento de pago al deudor.

Oposición y embargo preventivo:

  • Si hay oposición, la comunidad podrá solicitar el embargo preventivo de bienes del deudor.

  • El Juzgado puede ordenar el embargo preventivo sin necesidad de solicitar caución a la comunidad.

  • El deudor puede evitar el embargo prestando garantías.

Costas por los servicios de abogado y procurador:

  • El deudor es el responsable de pagar honorarios de abogado/procurador del demandante.

  • En caso de Decreto o Sentencia favorable a la comunidad, se deberán incluir honorarios de los profesionales.

Mediación y arbitraje:

  • Gastos de comunidad y fondo de reserva pueden resolverse por mediación o arbitraje.

  • Aplica legislación de mediación y arbitraje relevante.

 Ley de Enjuiciamiento Civil: qué juzgado es el competente

Por otro lado, la Ley de Enjuiciamiento Civil, a partir en sus arts. 812 y siguientes  establece las normas procesales que rigen el procedimiento monitorio  en el ámbito de las comunidades de propietarios. 

  • Concretamente establece que se puede acudir a este tipo de procedimiento en el caso de impago de gastos de comunidades de propietarios (art. 812.2.2º LEC).

  • Que el Juzgado competente en estos casos, será el del domicilio o residencia del deudor o, si estos no se conocieran, el del lugar en que el deudor pudiera ser hallado, pero además, también será competente el Juzgado del lugar en donde esté situada la finca, todo ello, a elección del solicitante.

  • El requerimiento de pago tiene que efectuarse en el domicilio que designó el deudor a efectos de notificaciones a la comunidad de propietarios. 

    • Si no designó domicilio, se podrá intentar en la vivienda o local de su propiedad dentro de la comunidad. 

    • Y si tampoco se puede requerir en estos últimos, se podrá realizar por edictos.
      Una especialidad que sólo puede realizarse en el caso de reclamaciones de deudas de comunidades de propietarios.

A partir de este momento, los trámites serán los que ya hemos señalado anteriormente durante este artículo.

Importancia de contar con asesoramiento legal en casos de morosidad

Contar con abogados especializados en casos de morosidad en comunidades de propietarios, como es el caso de nuestro Despacho de Abogados, es fundamental para garantizar el cumplimiento de los procedimientos legalmente establecidos y proteger los intereses de la comunidad

Nuestra intervención aportará ventajas y garantías durante la tramitación de un procedimiento de este tipo.

Ventajas de la intervención de abogados especializados

  • Conocimiento de la legislación aplicable en casos de morosidad.

  • Experiencia en la defensa de los intereses de las comunidades de propietarios.

  • Asesoramiento experto en la elaboración de estrategias legales para la reclamación de deudas.

  • Capacidad para representar legalmente a la comunidad en procedimientos judiciales.

Respaldo legal en la defensa de los intereses de la comunidad

  • Protección de los derechos económicos de la comunidad frente a propietarios morosos.

  • Asesoramiento en la adopción de medidas disuasorias legales en caso de oposición del deudor.

  • Defensa jurídica durante la fase de juicio oral y procedimientos de ejecución para garantizar la recuperación de las deudas.

El proceso monitorio para una comunidad de propietarios es una herramienta jurídica que permite a los vecinos reclamar las cuotas impagadas por otro vecino de la comunidad de una forma rápida y eficaz. 

Porque si vives en una comunidad de vecinos, casi seguro que hay algún “moroso” en ella. Ese típico vecino que no paga las cuotas de la comunidad y que, en muchos casos, se desconoce cómo la comunidad de propietarios puede reclamar esa deuda.

Además, en este tipo específico de procedimiento monitorio de comunidades de vecinos, se puede exigir el pago de las costas al deudor. Algo que no puede exigirse en el resto de procedimientos monitorios.

El procedimiento monitorio está regulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil junto con las excepciones contempladas en la Ley de Propiedad Horizontal para este tipo de causas civiles. 

La comunidad de propietarios, a través de su aprobación en Junta, lo que va a exigir en este procedimiento monitorio es el pago de todas las cantidades debidas en concepto de gastos comunes.

Qué ventajas tiene el procedimiento monitorio para reclamar deudas en comunidades de propietarios

Te hemos dado una pequeña introducción de por qué de este procedimiento es bueno para reclamar deudas de comunidades de vecinos, ¿pero qué beneficios reales aporta reclamar deudas a través del procedimiento monitorio?

  1. La sencillez del procedimiento, porque basta con presentar ante el juzgado competente una solicitud con un título ejecutivo que permita al Juzgado exigir el pago de la deuda pendiente.
    No es necesario elaborar una demanda completa, lo que reduce los costes legales, especialmente si se opta por contratar a un abogado, algo que no es indispensable para este trámite inicial, pero sí muy recomendable.

  2. Una vez revisada la solicitud inicial junto con los documentos y facturas que prueban la deuda, el juzgado procede a requerir al deudor para que realice el pago dentro de un plazo de 20 días.
    Este requerimiento es personal. 

  3. Si el deudor paga la cantidad principal, el procedimiento se cierra.

  4. Si el deudor no paga y se opone al requerimiento de pago, el caso se transforma en un juicio verbal u ordinario, dependiendo de la cuantía de la deuda.
    En la mayor parte de los casos se transformará en un juicio verbal dado que la cuantía de la deuda para transformarlo en ordinario es de 15.000 euros.
    Un aspecto llamativo y que hay que tener en cuenta es que, incluso cuando la parte deudora se opone, es posible solicitar el embargo preventivo de bienes. 

Este procedimiento se regula en el artículo 812 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, caracterizándose por ser un trámite directo, rápido y efectivo. 

Los detalles específicos relativos a este procedimiento se encuentran regulados en el artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal.

Requisitos y características del procedimiento monitorio para comunidades de propietarios

El procedimiento monitorio en una comunidad de propietarios es probablemente una de las mejores herramientas jurídicas para reclamar deudas en comunidades de propietarios.

Eso sí, requiere de los conocimientos jurídicos específicos para que la solicitud no caiga en saco roto. 

Veamos los requisitos esenciales para que el juzgado inicie el proceso y pueda requerir de pago al deudor:

Notificación al deudor

Se debe notificar al vecino moroso de la deuda pendiente y requerirle de pago anteriormente a certificar la deuda en Junta.

Certificación de deudas en Junta de la comunidad

En una Junta de propietarios, se deberá acordar la reclamación de la deuda por vía judicial realizándose, así, por el administrador de la finca, una certificación de deudas para fijar el importe adeudado por el propietario moroso.

Esta certificación debe ir firmada por el Secretario de la finca (normalmente el administrador) con el visto bueno del Presidente.

Autorización al presidente para representar legalmente

Esta parte se olvida de vez en cuando o se cometen errores que permiten a la parte que se opone ganar el juicio con facilidad. 

Sobre todo sucede en fincas que no están administradas por un administrador colegiado.

La comunidad debe autorizar al presidente para que pueda representar legalmente a la comunidad en el proceso monitorio y tomar las acciones necesarias para su ejecución.

Claves para iniciar un proceso de reclamación a través de un procedimiento monitorio en comunidad de propietarios

Antes de empezar, la comunidad de propietarios debe realizar ciertas acciones legales que respalden y prueben la deuda del vecino moroso:

Contenido del requerimiento de pago

Para el requerimiento de pago en el proceso monitorio de una comunidad de propietarios se debe incluir junto con la demanda: 

  • Datos del deudor

  • Importe adeudado

  • Fecha de vencimiento de las cuotas impagadas

  • Conceptos detallados de los gastos comunes pendientes 

  • Cualquier otra información relevante para la reclamación.

Documentación necesaria

Para respaldar la solicitud judicial y el requerimiento de pago a efectuar por el juzgado, la comunidad de propietarios debe adjuntar: 

  • Certificación de deudas emitida en la Junta, que detalle las cantidades pendientes de pago por el propietario moroso.

  • Cualquier documentación adicional que sustente la reclamación, como actas de reuniones o comunicaciones previas.

Tramitación del procedimiento monitorio y acciones a seguir por la comunidad

Antes de ver cuáles son los plazos que afectan al procedimiento, lo primero a tener en cuenta es que este tipo de deudas, prescriben.

La comunidad de propietarios tiene un periodo de 5 años para reclamar las deudas al vecino moroso desde el momento que incumple con el pago de los gastos comunes.

Bien es verdad, que cada vez que se realiza una reclamación de la deuda, este plazo de prescripción se interrumpe.

Una vez que se solicita al juzgado que requiera de pago al vecino deudor de la deuda pendiente con la comunidad de propietarios, este cuenta con un plazo de 20 días para oponerse o abonar la deuda.

En este momento procesal, pueden darse tres casos:

  • El deudor paga, el juzgado abona el dinero a la comunidad de propietarios y se archiva el proceso.

  • El deudor se opone al requerimiento de pago, porque considera que no debe la cantidad reclamada en todo o en parte.

  • El deudor ni paga ni se opone, con lo que la comunidad puede solicitar al juzgado que archive el procedimiento monitorio, despache ejecución y proceda al embargo de bienes del deudor para saldar la deuda.

Oposición del deudor y medidas a tomar

Si el deudor decide oponerse al requerimiento de pago, el procedimiento monitorio se puede transformar en juicio verbal u ordinario dependiendo de la cuantía.

Lo normal y más habitual por la cuantía reclamada es que se transforme en juicio verbal.

En este caso, si el deudor en su escrito de oposición no solicita la celebración de vista y la comunidad de propietarios en el escrito donde impugne la oposición del deudor, tampoco la solicita, el Juez dictará sentencia directamente sin necesidad de celebrar ningún tipo de juicio oral.

Si la deuda sobrepasa los 15.000 euros, se dará traslado a la comunidad de vecinos para que interponga demanda de juicio ordinario.

A partir de que se interponga la demanda, se seguirá el trámite establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil para el juicio ordinario. 

Debiendo celebrarse audiencia previa y juicio oral para resolver el proceso.

Despacho de ejecución y embargo de bienes

Una vez agotados los plazos legales y las posibilidades de acuerdo con el deudor, se puede proceder al despacho de ejecución para hacer efectivo el pago de la deuda solicitando el embargo de los bienes del deudor.

Aunque la ley dictamina que se despache ejecución directamente, lo habitual es que el juzgado archive el procedimiento monitorio a través de un Decreto y la comunidad de vecinos deba interponer una demanda de ejecución.

Todo esto aumenta las costas judiciales que deberá abonar el demandado.

Normativas, Juzgados competentes y especificaciones relevantes del proceso monitorio para comunidades de propietarios

Ley de Propiedad Horizontal: regulación específica para reclamación de deudas

La Ley de Propiedad Horizontal, a través de su art. 21, regula ciertos aspectos legales relacionados con las comunidades de propietarios, estableciendo las bases de reclamación de las deudas.

Así, podemos resumir de forma esquemática este art. 21 de la LPH en el que se regulan específicamente las medidas contra la morosidad, el procedimiento de reclamación y los requisitos para reclamar cuando existen vecinos morosos dentro de una comunidad de propietarios:

Medidas contra la morosidad:

  • Implementación de intereses superiores al legal.

  • Privación temporal de servicios o instalaciones (no retroactivas, no abusivas, no afectan habitabilidad).

  • Estas medidas suelen estar ya incluídas en los estatutos de la comunidad.

  • Créditos de la comunidad generan intereses desde el incumplimiento de pago.

Procedimientos de reclamación:

  • Uso de procesos judiciales, incluyendo el monitorio especial para comunidades de propietarios.

  • Reclamación de gastos comunes ordinarios y extraordinarios, y fondo de reserva.

  • El demandado será siempre el titular registral del inmueble.

Requisitos para el procedimiento monitorio:

  • Emisión de certificado de liquidación de deuda emitido por el secretario, con visto bueno del presidente.

  • Documento de notificación y requerimiento de pago al deudor.

Oposición y embargo preventivo:

  • Si hay oposición, la comunidad podrá solicitar el embargo preventivo de bienes del deudor.

  • El Juzgado puede ordenar el embargo preventivo sin necesidad de solicitar caución a la comunidad.

  • El deudor puede evitar el embargo prestando garantías.

Costas por los servicios de abogado y procurador:

  • El deudor es el responsable de pagar honorarios de abogado/procurador del demandante.

  • En caso de Decreto o Sentencia favorable a la comunidad, se deberán incluir honorarios de los profesionales.

Mediación y arbitraje:

  • Gastos de comunidad y fondo de reserva pueden resolverse por mediación o arbitraje.

  • Aplica legislación de mediación y arbitraje relevante.

 Ley de Enjuiciamiento Civil: qué juzgado es el competente

Por otro lado, la Ley de Enjuiciamiento Civil, a partir en sus arts. 812 y siguientes  establece las normas procesales que rigen el procedimiento monitorio  en el ámbito de las comunidades de propietarios. 

  • Concretamente establece que se puede acudir a este tipo de procedimiento en el caso de impago de gastos de comunidades de propietarios (art. 812.2.2º LEC).

  • Que el Juzgado competente en estos casos, será el del domicilio o residencia del deudor o, si estos no se conocieran, el del lugar en que el deudor pudiera ser hallado, pero además, también será competente el Juzgado del lugar en donde esté situada la finca, todo ello, a elección del solicitante.

  • El requerimiento de pago tiene que efectuarse en el domicilio que designó el deudor a efectos de notificaciones a la comunidad de propietarios. 

    • Si no designó domicilio, se podrá intentar en la vivienda o local de su propiedad dentro de la comunidad. 

    • Y si tampoco se puede requerir en estos últimos, se podrá realizar por edictos.
      Una especialidad que sólo puede realizarse en el caso de reclamaciones de deudas de comunidades de propietarios.

A partir de este momento, los trámites serán los que ya hemos señalado anteriormente durante este artículo.

Importancia de contar con asesoramiento legal en casos de morosidad

Contar con abogados especializados en casos de morosidad en comunidades de propietarios, como es el caso de nuestro Despacho de Abogados, es fundamental para garantizar el cumplimiento de los procedimientos legalmente establecidos y proteger los intereses de la comunidad

Nuestra intervención aportará ventajas y garantías durante la tramitación de un procedimiento de este tipo.

Ventajas de la intervención de abogados especializados

  • Conocimiento de la legislación aplicable en casos de morosidad.

  • Experiencia en la defensa de los intereses de las comunidades de propietarios.

  • Asesoramiento experto en la elaboración de estrategias legales para la reclamación de deudas.

  • Capacidad para representar legalmente a la comunidad en procedimientos judiciales.

Respaldo legal en la defensa de los intereses de la comunidad

  • Protección de los derechos económicos de la comunidad frente a propietarios morosos.

  • Asesoramiento en la adopción de medidas disuasorias legales en caso de oposición del deudor.

  • Defensa jurídica durante la fase de juicio oral y procedimientos de ejecución para garantizar la recuperación de las deudas.