Requisitos para solicitar la nacionalidad española por simple presunción: cómo proteger a tu hijo de ser apátrida
¿Tu hijo ha nacido en España y no sabes si puede tener nacionalidad?
Tranquilo o tranquila, que al menos cuando acabes de leer este artículo sabrás si puede conseguir la nacionalidad española por simple presunción o no.
Te sacaremos de dudas en el tiempo que tardas en leer este artículo (unos… 5 minutos)
La nacionalidad española por simple presunción es una opción que permite a los menores nacidos en España de padres extranjeros adquieran la nacionalidad española de origen si corren el riesgo de quedarse sin ninguna nacionalidad.
En otras palabras, si tu hijo ha nacido en España, tú no puedes transmitirle tu nacionalidad por ley, y no tiene ninguna otra, España podrá darle una.
No será un “apátrida” con las dificultades que conlleva en el mundo actual estar en esta situación.
¿Cómo? Reconociéndolo como español, y además de todos los derechos que adquirirá vuestro hijo al ser español, vosotros podréis solicitar la residencia legal en España por arraigo familiar.
Vamos a ver paso a paso cuándo aplica, qué necesitas y cómo se hace.
¿Qué significa “Nacionalidad española por simple presunción”?
Se denomina así porque la ley presume que un niño nacido en España es español cuando no se puede probar que tenga o pueda tener otra nacionalidad.
No se trata de solicitar la nacionalidad por residencia o por carta de naturaleza, no es nada de eso.
Es una forma directa de adquirirla desde el nacimiento, de ser español de origen, aunque se formalice más adelante.
Vamos a ver un ejemplo. Imagina que tú y tu pareja sois nacionales de Cuba. Vuestro hijo nace en Valencia.
Según la ley cubana, un niño nacido fuera del país no adquiere automáticamente la nacionalidad cubana, a menos que lo inscribas en el consulado.
Si no lo inscribes, el niño se queda sin nacionalidad. En ese caso, si cumples con los demás requisitos, España considerará que ese menor debe ser español, porque de lo contrario se convertiría en “apátrida”, que equivale a no tener derechos, excepto los humanos, en cualquier país del mundo.
Requisitos para realizar esta solicitud: ¿en qué casos se puede pedir?
Para que puedas solicitar la nacionalidad por simple presunción para tu hijo, deberéis cumplir varias condiciones que, en la mayoría de los casos, no son subsanables:
1. El niño debe haber nacido en España
Parece obvio, pero es imprescindible. No os servirá de nada si nació en otro país, aunque luego viváis aquí.
2. Ambos padres deben ser extranjeros
Esta condición también es bastante obvia si se conoce la legislación civil española.
La nacionalidad por simple presunción no aplica si uno de los padres es español.
En ese caso, el hijo es español desde el nacimiento por origen (art. 17 del Código Civil).
Importante: Tampoco se puede aplicar si la legislación del país de origen de los padres obliga a estos a transmitir su nacionalidad.
3. Que los padres no puedan transmitir su nacionalidad al hijo
Aquí es donde esta opción es realmente interesante.
La mayoría de los países sí transmiten su nacionalidad a sus hijos, aunque nazcan en el extranjero.
Pero hay una lista de países que no lo hacen automáticamente. Algunos ejemplos:
Argentina
Bolivia
Brasil
Cabo Verde
Colombia
Costa Rica
Cuba
Guinea Bissau
Panamá
Paraguay
Perú
Portugal
Santo Tomé y Príncipe
Uruguay
Importante: Si eres de Ecuador, esta opción solo vale si tu hijo nació antes del 20 de octubre de 2008. Desde esa fecha, la ley ecuatoriana ha cambiado y si los padres son ecuatorianos transmitirán su nacionalidad a sus hijos.
4. Certificado consular de no atribución
Necesitas un documento del consulado de tu país que diga, literalmente, que tu hijo no ha adquirido tu nacionalidad automáticamente por haber nacido fuera.
Si sois de países distintos, deberéis pedir este documento a los consulados de ambos países.
¿Qué documentos necesitas?
La documentación varía un poco según cada caso, pero estos son los básicos:
Formulario oficial de solicitud.
Certificado literal de nacimiento del menor (del Registro Civil español).
Certificados de empadronamiento del menor y de los padres.
Certificados consulares de los padres sobre la nacionalidad y la ley aplicable.
Certificado consular de no atribución de nacionalidad al menor.
Pasaporte o tarjeta de residencia de los padres (solo para identificar, no importa si están en situación irregular).
¿Dónde y cómo se presenta?
Todo el trámite se realiza en el Registro Civil del lugar de nacimiento o residencia del menor. Allí debes entregar todos los documentos.
El registro revisará el expediente, y si todo está bien, emitirá una resolución reconociendo la nacionalidad española de origen para tu hijo.
Una vez que tienes esa resolución, puedes solicitar el DNI y pasaporte español para tu hijo. A partir de ese momento, ya será oficialmente ciudadano español.
Y ya sabes que esto influye enormemente en los beneficios tanto de vuestro hijo como en los vuestros. Sobre todo si vuestra situación no está legalizada y vivís en España
¿Qué pasa después? Beneficios para tu hijo… y para ti
Una vez que tu hijo tenga la nacionalidad española de origen, porque es de origen, tanto él como vosotros pasaréis a tener beneficios que probablemente no podríais adquirir de otra forma:
Para vuestro hijo
Ya no es apátrida: tiene nacionalidad, con todos los derechos constitucionales.
Puede acceder a educación pública, sanidad y ayudas como cualquier español.
Tiene derecho a pasaporte y protección consular.
En el futuro, puede transmitir la nacionalidad española a sus hijos.
Puede vivir, estudiar y trabajar en la UE.
Para ti como madre o padre:
Una vez que tu hijo es español, puedes solicitar un permiso de residencia por arraigo familiar, incluso si estás en situación irregular.
Este permiso te permite:
Residir y trabajar legalmente en España.
Obtener una tarjeta de residencia que puede durar hasta 5 años.
Regularizar tu situación migratoria sin tener que esperar años.
Acceder a la sanidad pública y otros derechos sociales.
Ejemplo práctico: el caso de Camila y Diego
Camila y Diego son una pareja nacionales ambos de Colombia. Llegaron a España hace dos años, sin papeles. Su hijo Mateo nació en Madrid. Según la ley colombiana, un niño nacido fuera de su país sí puede adquirir la nacionalidad, pero solo si se inscribe en el consulado.
Camila y Diego, a la vista de las ventajas y desventajas que podía tener su hijo siendo colombiano, y estando ellos viviendo en España y no queriendo volver a Colom bia, no lo inscribieron y presentaron un certificado consular de no atribución.
El Registro Civil de Madrid aceptó la solicitud y Mateo fue declarado español de origen por simple presunción.
Poco después, Camila y Diego pudieron solicitar el arraigo familiar y ahora tienen residencia legal.
Mateo tiene DNI, va a la guardería pública y sus padres han pasado a tener un trabajo estable al poder trabajar de forma legal en España.
Dudas frecuentes sobre la nacionalidad por simple presunción
¿Y si mi hijo ya fue inscrito con otra nacionalidad?
En ese caso, se entiende que ya tiene una nacionalidad, por lo tanto, no estaría en riesgo de convertirse en apátrida, y la nacionalidad por simple presunción no se puede aplicar.
Si te equivocaste o te asesoraron mal, lo mejor es consultar con un abogado especialista, ya que cambiar esta situación no es fácil, pero puede haber opciones según el caso.
¿Tengo que tener papeles para pedir esto?
Casi ninguno. Este trámite no exige que tú o tu pareja tengáis residencia legal en España. Solo se verifica la nacionalidad de los padres y la situación legal del menor. Incluso si estás en situación irregular, puedes iniciar el procedimiento.
¿Cuánto tarda todo este trámite?
Depende del Registro Civil, pero puede tardar entre 3 y 6 meses, aunque en algunos casos puntuales se alarga más.
Por eso, cuanto antes empieces, mejor.
¿Hay forma de acelerar el trámite?
No existe una vía oficial para “acelerarlo”, pero presentar toda la documentación bien desde el principio evita retrasos.
Algunos registros permiten pedir cita online o entregar los papeles con antelación para revisión.
Y si hay alguna urgencia (por ejemplo, por salud del menor), puedes intentar justificarlo con documentación adicional.
Errores comunes que debes evitar
Hay creencias basadas en simples bulos o informaciones sesgadas por desconocimiento que hacen que cuando vas a ejercer tus derechos, a veces ni siquiera los tengas. Así que atento a esta parte:
Creer que todos los nacidos en España son españoles automáticamente
Eso solo ocurre si uno de los padres es español o si el menor se queda sin nacionalidad. Si los padres son extranjeros y su país transmite automáticamente la nacionalidad, no basta con nacer en España.
Inscribir al niño en el consulado sin saber las consecuencias
Muchos padres lo hacen por costumbre, sin saber que esto puede cerrarles la puerta a la nacionalidad española por simple presunción.
Infórmate bien antes de inscribir a tu hijo.
No pedir el certificado de no atribución
Es uno de los documentos más importantes del expediente. Si no lo presentas, el Registro Civil puede denegar la solicitud, aunque el resto esté perfecto.
Consejos prácticos para que no haya errores
No consultar a un abogado especializado en extranjería: Es algo que consideramos fundamental. Y no es porque seamos expertos en extranjería, es porque muchos clientes luego vienen con trámites mal realizados y resolver la situación, muchas veces es muy complicado.
Consulta en el Registro Civil de tu localidad sobre los requisitos específicos: Nunca está de más preguntar porque luego algunos Registros Civiles pueden pedirte documentos adicionales, como pruebas de residencia estable o escolarización.
Solicita los certificados consulares cuanto antes: Es esencial adelantar este trabajo porque algunos consulados tardan varias semanas en emitirlos.
Haz una carpeta con copias de todo: Guarda original y copia de cada documento. Si hay documentos en otro idioma, acompáñalos con traducción oficial y no te olvides de “apostillarlo”.
¿Qué puede significar que tu hijo consiga la nacionalidad española por simple presunción para tu futuro?
Conseguir la nacionalidad española para tu hijo no va a ser sólo un papel más. Vas a abrirle las puertas a una vida con derechos, protección y oportunidades.
Es asegurarte de que tendrá acceso a sanidad, educación, movilidad por la Unión Europea y una identidad jurídica clara.
Y para ti, puede significar el comienzo de una nueva etapa. La posibilidad de salir de la irregularidad y de construir un futuro con seguridad y estabilidad en España.
No es un favor. Es un derecho. Y está al alcance de tu mano.
¿Por qué esto es tan importante?
Porque cuando un menor no tiene nacionalidad, está desprotegido. No puede acceder a ayudas, no puede viajar, no tiene identidad legal. Y eso es algo que ningún niño debería vivir.
La nacionalidad por simple presunción es una herramienta jurídica pensada precisamente para proteger a los más vulnerables.
Y tú, como madre o padre, puedes usarla para garantizarle a tu hijo una vida digna, con derechos, con futuro.
¿Qué hago ahora?
Si después de leer esto crees que tu hijo puede acceder a la nacionalidad por simple presunción, no esperes más:
Revisa si cumples los requisitos.
Contacta con tu consulado para pedir los certificados.
Acércate al Registro Civil con la documentación.
Y si tienes dudas, que las tendrás, busca ayuda especializada en extranjería.
Si tu hijo ha nacido en España, merece crecer con derechos y seguridad. La nacionalidad por simple presunción es un camino seguro, legal y posible.
No dejes que la falta de información o el miedo te paralicen. Da el paso. Porque sí, es posible proteger a tu hijo desde hoy.
Si tienes dudas o necesitas ayuda, reiteramos, busca un abogado experto en extranjería.
Podemos ser nosotros u otros compañeros, pero nunca dudes en buscarlo porque te va a evitar muchísimos problemas.
Con un profesional experto minimizas al máximo que se pueda cometer algún error difícil de resolver.
Si te decides por nosotros, ponte en contacto haciendo clic en el botón azul, justo debajo del texto, para pedir tu consulta con nuestros abogados expertos en extranjería:
Si quieres saber más de nosotros, tuabogado.legal.
Queremos y vamos a ayudarte.
¿Tu hijo ha nacido en España y no sabes si puede tener nacionalidad?
Tranquilo o tranquila, que al menos cuando acabes de leer este artículo sabrás si puede conseguir la nacionalidad española por simple presunción o no.
Te sacaremos de dudas en el tiempo que tardas en leer este artículo (unos… 5 minutos)
La nacionalidad española por simple presunción es una opción que permite a los menores nacidos en España de padres extranjeros adquieran la nacionalidad española de origen si corren el riesgo de quedarse sin ninguna nacionalidad.
En otras palabras, si tu hijo ha nacido en España, tú no puedes transmitirle tu nacionalidad por ley, y no tiene ninguna otra, España podrá darle una.
No será un “apátrida” con las dificultades que conlleva en el mundo actual estar en esta situación.
¿Cómo? Reconociéndolo como español, y además de todos los derechos que adquirirá vuestro hijo al ser español, vosotros podréis solicitar la residencia legal en España por arraigo familiar.
Vamos a ver paso a paso cuándo aplica, qué necesitas y cómo se hace.
¿Qué significa “Nacionalidad española por simple presunción”?
Se denomina así porque la ley presume que un niño nacido en España es español cuando no se puede probar que tenga o pueda tener otra nacionalidad.
No se trata de solicitar la nacionalidad por residencia o por carta de naturaleza, no es nada de eso.
Es una forma directa de adquirirla desde el nacimiento, de ser español de origen, aunque se formalice más adelante.
Vamos a ver un ejemplo. Imagina que tú y tu pareja sois nacionales de Cuba. Vuestro hijo nace en Valencia.
Según la ley cubana, un niño nacido fuera del país no adquiere automáticamente la nacionalidad cubana, a menos que lo inscribas en el consulado.
Si no lo inscribes, el niño se queda sin nacionalidad. En ese caso, si cumples con los demás requisitos, España considerará que ese menor debe ser español, porque de lo contrario se convertiría en “apátrida”, que equivale a no tener derechos, excepto los humanos, en cualquier país del mundo.
Requisitos para realizar esta solicitud: ¿en qué casos se puede pedir?
Para que puedas solicitar la nacionalidad por simple presunción para tu hijo, deberéis cumplir varias condiciones que, en la mayoría de los casos, no son subsanables:
1. El niño debe haber nacido en España
Parece obvio, pero es imprescindible. No os servirá de nada si nació en otro país, aunque luego viváis aquí.
2. Ambos padres deben ser extranjeros
Esta condición también es bastante obvia si se conoce la legislación civil española.
La nacionalidad por simple presunción no aplica si uno de los padres es español.
En ese caso, el hijo es español desde el nacimiento por origen (art. 17 del Código Civil).
Importante: Tampoco se puede aplicar si la legislación del país de origen de los padres obliga a estos a transmitir su nacionalidad.
3. Que los padres no puedan transmitir su nacionalidad al hijo
Aquí es donde esta opción es realmente interesante.
La mayoría de los países sí transmiten su nacionalidad a sus hijos, aunque nazcan en el extranjero.
Pero hay una lista de países que no lo hacen automáticamente. Algunos ejemplos:
Argentina
Bolivia
Brasil
Cabo Verde
Colombia
Costa Rica
Cuba
Guinea Bissau
Panamá
Paraguay
Perú
Portugal
Santo Tomé y Príncipe
Uruguay
Importante: Si eres de Ecuador, esta opción solo vale si tu hijo nació antes del 20 de octubre de 2008. Desde esa fecha, la ley ecuatoriana ha cambiado y si los padres son ecuatorianos transmitirán su nacionalidad a sus hijos.
4. Certificado consular de no atribución
Necesitas un documento del consulado de tu país que diga, literalmente, que tu hijo no ha adquirido tu nacionalidad automáticamente por haber nacido fuera.
Si sois de países distintos, deberéis pedir este documento a los consulados de ambos países.
¿Qué documentos necesitas?
La documentación varía un poco según cada caso, pero estos son los básicos:
Formulario oficial de solicitud.
Certificado literal de nacimiento del menor (del Registro Civil español).
Certificados de empadronamiento del menor y de los padres.
Certificados consulares de los padres sobre la nacionalidad y la ley aplicable.
Certificado consular de no atribución de nacionalidad al menor.
Pasaporte o tarjeta de residencia de los padres (solo para identificar, no importa si están en situación irregular).
¿Dónde y cómo se presenta?
Todo el trámite se realiza en el Registro Civil del lugar de nacimiento o residencia del menor. Allí debes entregar todos los documentos.
El registro revisará el expediente, y si todo está bien, emitirá una resolución reconociendo la nacionalidad española de origen para tu hijo.
Una vez que tienes esa resolución, puedes solicitar el DNI y pasaporte español para tu hijo. A partir de ese momento, ya será oficialmente ciudadano español.
Y ya sabes que esto influye enormemente en los beneficios tanto de vuestro hijo como en los vuestros. Sobre todo si vuestra situación no está legalizada y vivís en España
¿Qué pasa después? Beneficios para tu hijo… y para ti
Una vez que tu hijo tenga la nacionalidad española de origen, porque es de origen, tanto él como vosotros pasaréis a tener beneficios que probablemente no podríais adquirir de otra forma:
Para vuestro hijo
Ya no es apátrida: tiene nacionalidad, con todos los derechos constitucionales.
Puede acceder a educación pública, sanidad y ayudas como cualquier español.
Tiene derecho a pasaporte y protección consular.
En el futuro, puede transmitir la nacionalidad española a sus hijos.
Puede vivir, estudiar y trabajar en la UE.
Para ti como madre o padre:
Una vez que tu hijo es español, puedes solicitar un permiso de residencia por arraigo familiar, incluso si estás en situación irregular.
Este permiso te permite:
Residir y trabajar legalmente en España.
Obtener una tarjeta de residencia que puede durar hasta 5 años.
Regularizar tu situación migratoria sin tener que esperar años.
Acceder a la sanidad pública y otros derechos sociales.
Ejemplo práctico: el caso de Camila y Diego
Camila y Diego son una pareja nacionales ambos de Colombia. Llegaron a España hace dos años, sin papeles. Su hijo Mateo nació en Madrid. Según la ley colombiana, un niño nacido fuera de su país sí puede adquirir la nacionalidad, pero solo si se inscribe en el consulado.
Camila y Diego, a la vista de las ventajas y desventajas que podía tener su hijo siendo colombiano, y estando ellos viviendo en España y no queriendo volver a Colom bia, no lo inscribieron y presentaron un certificado consular de no atribución.
El Registro Civil de Madrid aceptó la solicitud y Mateo fue declarado español de origen por simple presunción.
Poco después, Camila y Diego pudieron solicitar el arraigo familiar y ahora tienen residencia legal.
Mateo tiene DNI, va a la guardería pública y sus padres han pasado a tener un trabajo estable al poder trabajar de forma legal en España.
Dudas frecuentes sobre la nacionalidad por simple presunción
¿Y si mi hijo ya fue inscrito con otra nacionalidad?
En ese caso, se entiende que ya tiene una nacionalidad, por lo tanto, no estaría en riesgo de convertirse en apátrida, y la nacionalidad por simple presunción no se puede aplicar.
Si te equivocaste o te asesoraron mal, lo mejor es consultar con un abogado especialista, ya que cambiar esta situación no es fácil, pero puede haber opciones según el caso.
¿Tengo que tener papeles para pedir esto?
Casi ninguno. Este trámite no exige que tú o tu pareja tengáis residencia legal en España. Solo se verifica la nacionalidad de los padres y la situación legal del menor. Incluso si estás en situación irregular, puedes iniciar el procedimiento.
¿Cuánto tarda todo este trámite?
Depende del Registro Civil, pero puede tardar entre 3 y 6 meses, aunque en algunos casos puntuales se alarga más.
Por eso, cuanto antes empieces, mejor.
¿Hay forma de acelerar el trámite?
No existe una vía oficial para “acelerarlo”, pero presentar toda la documentación bien desde el principio evita retrasos.
Algunos registros permiten pedir cita online o entregar los papeles con antelación para revisión.
Y si hay alguna urgencia (por ejemplo, por salud del menor), puedes intentar justificarlo con documentación adicional.
Errores comunes que debes evitar
Hay creencias basadas en simples bulos o informaciones sesgadas por desconocimiento que hacen que cuando vas a ejercer tus derechos, a veces ni siquiera los tengas. Así que atento a esta parte:
Creer que todos los nacidos en España son españoles automáticamente
Eso solo ocurre si uno de los padres es español o si el menor se queda sin nacionalidad. Si los padres son extranjeros y su país transmite automáticamente la nacionalidad, no basta con nacer en España.
Inscribir al niño en el consulado sin saber las consecuencias
Muchos padres lo hacen por costumbre, sin saber que esto puede cerrarles la puerta a la nacionalidad española por simple presunción.
Infórmate bien antes de inscribir a tu hijo.
No pedir el certificado de no atribución
Es uno de los documentos más importantes del expediente. Si no lo presentas, el Registro Civil puede denegar la solicitud, aunque el resto esté perfecto.
Consejos prácticos para que no haya errores
No consultar a un abogado especializado en extranjería: Es algo que consideramos fundamental. Y no es porque seamos expertos en extranjería, es porque muchos clientes luego vienen con trámites mal realizados y resolver la situación, muchas veces es muy complicado.
Consulta en el Registro Civil de tu localidad sobre los requisitos específicos: Nunca está de más preguntar porque luego algunos Registros Civiles pueden pedirte documentos adicionales, como pruebas de residencia estable o escolarización.
Solicita los certificados consulares cuanto antes: Es esencial adelantar este trabajo porque algunos consulados tardan varias semanas en emitirlos.
Haz una carpeta con copias de todo: Guarda original y copia de cada documento. Si hay documentos en otro idioma, acompáñalos con traducción oficial y no te olvides de “apostillarlo”.
¿Qué puede significar que tu hijo consiga la nacionalidad española por simple presunción para tu futuro?
Conseguir la nacionalidad española para tu hijo no va a ser sólo un papel más. Vas a abrirle las puertas a una vida con derechos, protección y oportunidades.
Es asegurarte de que tendrá acceso a sanidad, educación, movilidad por la Unión Europea y una identidad jurídica clara.
Y para ti, puede significar el comienzo de una nueva etapa. La posibilidad de salir de la irregularidad y de construir un futuro con seguridad y estabilidad en España.
No es un favor. Es un derecho. Y está al alcance de tu mano.
¿Por qué esto es tan importante?
Porque cuando un menor no tiene nacionalidad, está desprotegido. No puede acceder a ayudas, no puede viajar, no tiene identidad legal. Y eso es algo que ningún niño debería vivir.
La nacionalidad por simple presunción es una herramienta jurídica pensada precisamente para proteger a los más vulnerables.
Y tú, como madre o padre, puedes usarla para garantizarle a tu hijo una vida digna, con derechos, con futuro.
¿Qué hago ahora?
Si después de leer esto crees que tu hijo puede acceder a la nacionalidad por simple presunción, no esperes más:
Revisa si cumples los requisitos.
Contacta con tu consulado para pedir los certificados.
Acércate al Registro Civil con la documentación.
Y si tienes dudas, que las tendrás, busca ayuda especializada en extranjería.
Si tu hijo ha nacido en España, merece crecer con derechos y seguridad. La nacionalidad por simple presunción es un camino seguro, legal y posible.
No dejes que la falta de información o el miedo te paralicen. Da el paso. Porque sí, es posible proteger a tu hijo desde hoy.
Si tienes dudas o necesitas ayuda, reiteramos, busca un abogado experto en extranjería.
Podemos ser nosotros u otros compañeros, pero nunca dudes en buscarlo porque te va a evitar muchísimos problemas.
Con un profesional experto minimizas al máximo que se pueda cometer algún error difícil de resolver.
Si te decides por nosotros, ponte en contacto haciendo clic en el botón azul, justo debajo del texto, para pedir tu consulta con nuestros abogados expertos en extranjería:
Si quieres saber más de nosotros, tuabogado.legal.
Queremos y vamos a ayudarte.