¿Puedo obtener la nacionalidad española por violencia de género?
¿Has sufrido o estás sufriendo malos tratos por parte de tu pareja?
¿Los has denunciado?
¿Eres víctima de violencia de género?
Si es así, y además, eres una mujer extranjera, puede que te estés preguntando si esa situación te abre las puertas para conseguir la nacionalidad española.
Esta es una duda que nos realizan algunas clientas con cierta frecuencia, y la respuesta es clara, aunque requiere explicación: no existe una vía directa para obtener la nacionalidad española por violencia de género, pero sí hay mecanismos legales que pueden facilitarte el camino hacia ella.
En este artículo te explicamos, qué dice el nuevo Reglamento de Extranjería, cómo puedes regularizar tu situación por ser víctima de violencia de género y qué necesitarás para solicitar más adelante tu nacionalidad española.
No hay nacionalidad directa, pero sí protección si eres víctima
Aunque España no concede directamente la nacionalidad a las víctimas de violencia de género, sí protege a las mujeres extranjeras en esta situación a través de permisos de residencia y trabajo especiales.
Esta protección es un primer paso que se antoja imprescindible si en el futuro quisieras optar por quedarte en España a vivir y conseguir la nacionalidad española.
¿Qué permite el Reglamento de Extranjería?
El Real Decreto 1155/2024, en sus artículos 133 a 136, establece que las mujeres extranjeras víctimas de violencia de género pueden acceder a:
Una autorización de residencia temporal y trabajo por circunstancias excepcionales.
La posibilidad de renovar esta autorización si la situación persiste.
Derechos asociados como el acceso a la sanidad, educación y ayudas sociales.
La opción de reagrupar a tus hijos.
Este permiso no te exige que tengas una residencia legal previamente. Es decir, si estás en situación irregular, pero puedes demostrar que sufres o has sufrido violencia de género, podrás acceder a esta autorización.
¿Qué necesitas para solicitar el permiso de residencia por violencia de género?
La ley establece varias formas de acreditar que eres víctima de violencia de género. Puedes presentar:
Una orden de protección (art. 544ter LECrim) dictada por un juez.
Un informe del Ministerio Fiscal que recoja indicios fundados de violencia.
Una sentencia judicial firme contra el agresor.
Y, si no tienes esos documentos, un informe de los servicios sociales públicos que certifique tu situación de vulnerabilidad.
¿Dónde se solicita el permiso de residencia?
Puedes presentar la solicitud en:
La Oficina de Extranjería correspondiente.
Comisarías de Policía autorizadas para tramitar este tipo de procedimientos.
Plazos y protección
Una de las principales mejoras del Real Decreto 1155/2024 es la prioridad en la tramitación de la autorización de residencia: el plazo máximo de resolución es de 20 días hábiles.
Además, mientras tu solicitud esté en curso:
No se puede iniciar un expediente de expulsión.
Se garantiza tu confidencialidad para protegerte de tu agresor.
¿Cuánto dura el permiso y se puede renovar?
El permiso se concede inicialmente por 1 año, pero podrás prorrogarlo por periodos de 2 años si persiste la situación de violencia o las circunstancias excepcionales que lo justifican.
Además, tras 5 años de residencia legal continuada, podrás pasar a solicitar la residencia permanente, siempre que demuestres tu integración social.
¿Qué pasa si quieres retirar la denuncia?
La legislación penal no otorga a ninguna víctima la posibilidad de retirar la denuncia. Sí es verdad que el art. 416 de la LECrim. concede a la víctima la posibilidad de no declarar contra su pareja.
Algo que facilita el archivo final del procedimiento o la absolución, si no existen testigos o pruebas de cargo que demuestren la agresión.
Aún así, la misma ley protege a las mujeres que se ven forzadas, muchas veces, psicológicamente, a retirar la denuncia por miedo o coacción.
Si existen indicios suficientes de un delito de violencia de género, el Ministerio Fiscal acusará aunque la víctima no declare.
Igualmente, la ley protege a la víctima en estos casos que se ve forzada a no declarar contra su agresor. Aunque el proceso penal se archive, se la podrá seguir considerando víctima de violencia de género.
¿Cómo se pasa de la residencia a la nacionalidad española?
Una vez tengas tu residencia legal, podrás empezar a contar el tiempo necesario para pedir la nacionalidad española por residencia, que es la vía general por la que acceden la mayoría de personas extranjeras.
¿Cuánto tiempo necesitas?
Dependerá en mayor caso de tu país de origen:
10 años: para la mayoría de personas extranjeras.
5 años: si tienes la condición de refugiada.
2 años: si eres nacional de un país iberoamericano, Filipinas, Andorra, Guinea Ecuatorial o Portugal.
1 año: si estás casada con un español, naciste en España o has estado bajo tutela de una institución española.
¿Qué más te van a pedir las autoridades españolas?
Buena conducta cívica: no tener antecedentes penales.
Integración: superar el examen de cultura e idioma (CCSE y DELE si no eres hispanohablante).
Residencia legal y continuada durante el tiempo exigido.
Ejemplo práctico: el caso de Lina
Imaginemos el caso de Lina, una mujer hondureña que vivía en España sin papeles. Sufría malos tratos en el ámbito familiar por parte de su pareja.
Denunció a su pareja por maltrato, donde el juez le concedió una orden de protección. Gracias a la cual pudo obtener un permiso de residencia por circunstancias excepcionales.
Dos años después, como Honduras es un país iberoamericano, y Lina había vivido legalmente durante ese tiempo en España, pudo solicitar la nacionalidad española.
¿Existen casos en los que se haya denegado la nacionalidad a víctimas de violencia de género?
A día de hoy, no hay casos documentados en los que se haya denegado la nacionalidad específicamente por ser víctima de violencia de género.
Es más, la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha sido clara: haber sido víctima no te perjudica, y tener antecedentes por malos tratos no impide automáticamente obtener la nacionalidad, siempre que se demuestre buena conducta posterior.
¿Y si el agresor ya obtuvo la nacionalidad?
En sentido contrario, sí se han dado casos en los que se ha denegado o revocado la nacionalidad española a personas condenadas por delitos de violencia de género.
La Audiencia Nacional ha avalado esta decisión al considerar que estos delitos representan "uno de los ataques más flagrantes a los derechos fundamentales".
Por tanto, mientras que la ley protege y acompaña a las víctimas, actúa con firmeza contra los agresores, incluso si ya hubieran obtenido la nacionalidad española.
Diferencias entre el permiso de residencia y la nacionalidad española
Veamos ahora las principales ventajas que otorga tanto el permiso de residencia como la nacionalidad española, con el fin de que lo tengas en cuenta a la hora de iniciar sendos procesos, siempre y cuando seas víctima de violencia de género.
Permiso de residencia por violencia de género
Propósito del permiso: protección inmediata para mujeres extranjeras en situación de vulnerabilidad.
Duración inicial: 1 año, prorrogable.
Requisitos:
Acreditar ser víctima de violencia de género.
No tener antecedentes penales graves.
No dependerá, en ningún caso, de la situación laboral ni de la relación con el agresor.
Derechos:
Acceso a la residencia y a trabajar legalmente en España.
Acceso a sanidad, educación y ayudas sociales.
Acceso a la reagrupación familiar (hijos menores o mayores con discapacidad).
Nacionalidad española
Propósito de la nacionalidad: reconocimiento como ciudadana española con plenos derechos al igual que el resto de españoles.
Duración: permanente.
Requisitos:
Tiempo de residencia legal continuada.
Buena conducta cívica.
Integración: idioma, cultura, valores constitucionales.
Derechos:
Ciudadanía plena: derecho al voto, pasaporte español, libre circulación por la UE.
No requiere renovación.
Posibilidad de transmitir la nacionalidad a tus hijos.
Medidas de protección durante el proceso
La legislación española tiene en cuenta el riesgo personal y la intimidad de las víctimas de violencia de género, y establece un conjunto de medidas para garantizar su seguridad y confidencialidad durante todo el proceso.
Privacidad de tus datos
Los datos personales de la víctima (nombre, dirección, teléfono, NIE, etc.) son confidenciales y están protegidos frente al acceso por parte del agresor u otras personas no autorizadas. Además:
En documentos judiciales, se puede ocultar el domicilio de la víctima (solicítalo en el juzgado si es tu caso).
El sistema VioGén gestiona y protege los casos con seguimiento policial y confidencialidad total.
Asistencia jurídica
Como víctima tienes derecho a un abogado del turno de oficio especializado en violencia de género gratuitamente, que te acompañará desde el primer momento, incluso antes de la designación de un procurador.
Notificaciones y seguridad
Debes ser informada de cualquier resolución que pueda afectarte de forma personal (por ejemplo, si el agresor sale de prisión o si se modifica una orden de alejamiento).
Restricciones de acceso a tu información personal
Se aplican restricciones de acceso a la información personal en tu condición de víctima, cuando se considera que compartir esos datos pudiera ponerte en peligro.
Incluso si solicitases su supresión, los datos pueden mantenerse para garantizar tu seguridad.
¿Qué ha cambiado con el Real Decreto 1155/2024?
Este nuevo Real Decreto representa un avance fundamental en la protección de las mujeres extranjeras víctimas de violencia de género. Entre sus principales novedades están las siguientes:
Da el primer paso hacia la nacionalidad española
Aunque no existe una vía específica para conseguir la nacionalidad española directamente por ser víctima de violencia de género, sí existen mecanismos de protección que te van a permitir regularizar tu situación en España.
La autorización de residencia por circunstancias excepcionales es el primer paso que deberías dar para conseguir estabilidad, seguridad y acceso a derechos como residente en España.
Si cumples los requisitos de residencia, buena conducta e integración, podrás solicitar posteriormente la nacionalidad española como cualquier otro residente legal.
En tuabogado.legal somos abogados expertos en extranjería, con gran experiencia en casos como el tuyo.
Igualmente somos expertos en casos de violencia de género, así que podemos ayudarte también en el proceso penal.
No sólo conseguimos acelerar este tipo de trámites, sino que además, minimizamos los errores que pudieran producirse, afectando a tu residencia legal en España.
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Queremos y vamos a ayudarte.
¿Has sufrido o estás sufriendo malos tratos por parte de tu pareja?
¿Los has denunciado?
¿Eres víctima de violencia de género?
Si es así, y además, eres una mujer extranjera, puede que te estés preguntando si esa situación te abre las puertas para conseguir la nacionalidad española.
Esta es una duda que nos realizan algunas clientas con cierta frecuencia, y la respuesta es clara, aunque requiere explicación: no existe una vía directa para obtener la nacionalidad española por violencia de género, pero sí hay mecanismos legales que pueden facilitarte el camino hacia ella.
En este artículo te explicamos, qué dice el nuevo Reglamento de Extranjería, cómo puedes regularizar tu situación por ser víctima de violencia de género y qué necesitarás para solicitar más adelante tu nacionalidad española.
No hay nacionalidad directa, pero sí protección si eres víctima
Aunque España no concede directamente la nacionalidad a las víctimas de violencia de género, sí protege a las mujeres extranjeras en esta situación a través de permisos de residencia y trabajo especiales.
Esta protección es un primer paso que se antoja imprescindible si en el futuro quisieras optar por quedarte en España a vivir y conseguir la nacionalidad española.
¿Qué permite el Reglamento de Extranjería?
El Real Decreto 1155/2024, en sus artículos 133 a 136, establece que las mujeres extranjeras víctimas de violencia de género pueden acceder a:
Una autorización de residencia temporal y trabajo por circunstancias excepcionales.
La posibilidad de renovar esta autorización si la situación persiste.
Derechos asociados como el acceso a la sanidad, educación y ayudas sociales.
La opción de reagrupar a tus hijos.
Este permiso no te exige que tengas una residencia legal previamente. Es decir, si estás en situación irregular, pero puedes demostrar que sufres o has sufrido violencia de género, podrás acceder a esta autorización.
¿Qué necesitas para solicitar el permiso de residencia por violencia de género?
La ley establece varias formas de acreditar que eres víctima de violencia de género. Puedes presentar:
Una orden de protección (art. 544ter LECrim) dictada por un juez.
Un informe del Ministerio Fiscal que recoja indicios fundados de violencia.
Una sentencia judicial firme contra el agresor.
Y, si no tienes esos documentos, un informe de los servicios sociales públicos que certifique tu situación de vulnerabilidad.
¿Dónde se solicita el permiso de residencia?
Puedes presentar la solicitud en:
La Oficina de Extranjería correspondiente.
Comisarías de Policía autorizadas para tramitar este tipo de procedimientos.
Plazos y protección
Una de las principales mejoras del Real Decreto 1155/2024 es la prioridad en la tramitación de la autorización de residencia: el plazo máximo de resolución es de 20 días hábiles.
Además, mientras tu solicitud esté en curso:
No se puede iniciar un expediente de expulsión.
Se garantiza tu confidencialidad para protegerte de tu agresor.
¿Cuánto dura el permiso y se puede renovar?
El permiso se concede inicialmente por 1 año, pero podrás prorrogarlo por periodos de 2 años si persiste la situación de violencia o las circunstancias excepcionales que lo justifican.
Además, tras 5 años de residencia legal continuada, podrás pasar a solicitar la residencia permanente, siempre que demuestres tu integración social.
¿Qué pasa si quieres retirar la denuncia?
La legislación penal no otorga a ninguna víctima la posibilidad de retirar la denuncia. Sí es verdad que el art. 416 de la LECrim. concede a la víctima la posibilidad de no declarar contra su pareja.
Algo que facilita el archivo final del procedimiento o la absolución, si no existen testigos o pruebas de cargo que demuestren la agresión.
Aún así, la misma ley protege a las mujeres que se ven forzadas, muchas veces, psicológicamente, a retirar la denuncia por miedo o coacción.
Si existen indicios suficientes de un delito de violencia de género, el Ministerio Fiscal acusará aunque la víctima no declare.
Igualmente, la ley protege a la víctima en estos casos que se ve forzada a no declarar contra su agresor. Aunque el proceso penal se archive, se la podrá seguir considerando víctima de violencia de género.
¿Cómo se pasa de la residencia a la nacionalidad española?
Una vez tengas tu residencia legal, podrás empezar a contar el tiempo necesario para pedir la nacionalidad española por residencia, que es la vía general por la que acceden la mayoría de personas extranjeras.
¿Cuánto tiempo necesitas?
Dependerá en mayor caso de tu país de origen:
10 años: para la mayoría de personas extranjeras.
5 años: si tienes la condición de refugiada.
2 años: si eres nacional de un país iberoamericano, Filipinas, Andorra, Guinea Ecuatorial o Portugal.
1 año: si estás casada con un español, naciste en España o has estado bajo tutela de una institución española.
¿Qué más te van a pedir las autoridades españolas?
Buena conducta cívica: no tener antecedentes penales.
Integración: superar el examen de cultura e idioma (CCSE y DELE si no eres hispanohablante).
Residencia legal y continuada durante el tiempo exigido.
Ejemplo práctico: el caso de Lina
Imaginemos el caso de Lina, una mujer hondureña que vivía en España sin papeles. Sufría malos tratos en el ámbito familiar por parte de su pareja.
Denunció a su pareja por maltrato, donde el juez le concedió una orden de protección. Gracias a la cual pudo obtener un permiso de residencia por circunstancias excepcionales.
Dos años después, como Honduras es un país iberoamericano, y Lina había vivido legalmente durante ese tiempo en España, pudo solicitar la nacionalidad española.
¿Existen casos en los que se haya denegado la nacionalidad a víctimas de violencia de género?
A día de hoy, no hay casos documentados en los que se haya denegado la nacionalidad específicamente por ser víctima de violencia de género.
Es más, la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha sido clara: haber sido víctima no te perjudica, y tener antecedentes por malos tratos no impide automáticamente obtener la nacionalidad, siempre que se demuestre buena conducta posterior.
¿Y si el agresor ya obtuvo la nacionalidad?
En sentido contrario, sí se han dado casos en los que se ha denegado o revocado la nacionalidad española a personas condenadas por delitos de violencia de género.
La Audiencia Nacional ha avalado esta decisión al considerar que estos delitos representan "uno de los ataques más flagrantes a los derechos fundamentales".
Por tanto, mientras que la ley protege y acompaña a las víctimas, actúa con firmeza contra los agresores, incluso si ya hubieran obtenido la nacionalidad española.
Diferencias entre el permiso de residencia y la nacionalidad española
Veamos ahora las principales ventajas que otorga tanto el permiso de residencia como la nacionalidad española, con el fin de que lo tengas en cuenta a la hora de iniciar sendos procesos, siempre y cuando seas víctima de violencia de género.
Permiso de residencia por violencia de género
Propósito del permiso: protección inmediata para mujeres extranjeras en situación de vulnerabilidad.
Duración inicial: 1 año, prorrogable.
Requisitos:
Acreditar ser víctima de violencia de género.
No tener antecedentes penales graves.
No dependerá, en ningún caso, de la situación laboral ni de la relación con el agresor.
Derechos:
Acceso a la residencia y a trabajar legalmente en España.
Acceso a sanidad, educación y ayudas sociales.
Acceso a la reagrupación familiar (hijos menores o mayores con discapacidad).
Nacionalidad española
Propósito de la nacionalidad: reconocimiento como ciudadana española con plenos derechos al igual que el resto de españoles.
Duración: permanente.
Requisitos:
Tiempo de residencia legal continuada.
Buena conducta cívica.
Integración: idioma, cultura, valores constitucionales.
Derechos:
Ciudadanía plena: derecho al voto, pasaporte español, libre circulación por la UE.
No requiere renovación.
Posibilidad de transmitir la nacionalidad a tus hijos.
Medidas de protección durante el proceso
La legislación española tiene en cuenta el riesgo personal y la intimidad de las víctimas de violencia de género, y establece un conjunto de medidas para garantizar su seguridad y confidencialidad durante todo el proceso.
Privacidad de tus datos
Los datos personales de la víctima (nombre, dirección, teléfono, NIE, etc.) son confidenciales y están protegidos frente al acceso por parte del agresor u otras personas no autorizadas. Además:
En documentos judiciales, se puede ocultar el domicilio de la víctima (solicítalo en el juzgado si es tu caso).
El sistema VioGén gestiona y protege los casos con seguimiento policial y confidencialidad total.
Asistencia jurídica
Como víctima tienes derecho a un abogado del turno de oficio especializado en violencia de género gratuitamente, que te acompañará desde el primer momento, incluso antes de la designación de un procurador.
Notificaciones y seguridad
Debes ser informada de cualquier resolución que pueda afectarte de forma personal (por ejemplo, si el agresor sale de prisión o si se modifica una orden de alejamiento).
Restricciones de acceso a tu información personal
Se aplican restricciones de acceso a la información personal en tu condición de víctima, cuando se considera que compartir esos datos pudiera ponerte en peligro.
Incluso si solicitases su supresión, los datos pueden mantenerse para garantizar tu seguridad.
¿Qué ha cambiado con el Real Decreto 1155/2024?
Este nuevo Real Decreto representa un avance fundamental en la protección de las mujeres extranjeras víctimas de violencia de género. Entre sus principales novedades están las siguientes:
Da el primer paso hacia la nacionalidad española
Aunque no existe una vía específica para conseguir la nacionalidad española directamente por ser víctima de violencia de género, sí existen mecanismos de protección que te van a permitir regularizar tu situación en España.
La autorización de residencia por circunstancias excepcionales es el primer paso que deberías dar para conseguir estabilidad, seguridad y acceso a derechos como residente en España.
Si cumples los requisitos de residencia, buena conducta e integración, podrás solicitar posteriormente la nacionalidad española como cualquier otro residente legal.
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Igualmente somos expertos en casos de violencia de género, así que podemos ayudarte también en el proceso penal.
No sólo conseguimos acelerar este tipo de trámites, sino que además, minimizamos los errores que pudieran producirse, afectando a tu residencia legal en España.
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