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Especialidades

Somos abogados con amplia experiencia y reconocida solvencia.

Golden Visa Residencia para Inversores

En un mundo cada vez más globalizado, la búsqueda de oportunidades y la expansión de horizontes se han convertido en una meta común. Si estás considerando establecerte en España, ya sea para desarrollar tu carrera profesional, iniciar un nuevo negocio o simplemente disfrutar de un estilo de vida diferente, la Golden Visa puede ser tu llave de entrada.

Entendemos los desafíos y las complejidades que implica la migración internacional y estamos aquí para guiarte y apoyarte en cada paso del camino, desde la evaluación inicial hasta la obtención exitosa del visado.

Te ofrecemos:
Aclaramos tus dudas y respondemos tus preguntas.

Tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos. Además de las residencias para inversores, también somos expertos en tramitación de residencias para profesionales altamente cualificados, emprendedores en búsqueda de nuevas oportunidades y nómadas digitales. Nos comprometemos a brindarte un servicio personalizado y de calidad que te permita alcanzar tus objetivos de forma eficiente y segura.

Autorización de Residencia Temporal No Lucrativa

Estás pensando en cambiar tu residencia a España de manera temporal o permanente pero sin la necesidad de realizar actividades económicas? Entonces, la residencia temporal no lucrativa es la opción perfecta para ti. Esta autorización te permite vivir en España por motivos no económicos, ya sea para estudiar, investigar, formarte o simplemente disfrutar de tu jubilación, sin la necesidad de realizar actividades laborales o profesionales.

Esta autorización se basa en la posesión de suficientes recursos financieros para mantenerse en el país sin ser una carga para el Estado. La residencia se otorga inicialmente por un año y puede renovarse hasta alcanzar un total de cinco años, momento en el que se puede solicitar la residencia permanente o de larga duración.

Si cuentas con nosotros, analizaremos tu situación específica y te proporcionaremos asesoramiento detallado sobre los requisitos, documentación y procedimientos para obtener la residencia temporal no lucrativa en España.

Nos encargaremos de preparar y presentar tu solicitud ante las autoridades competentes, asegurándonos de que todos los documentos estén en orden y cumplas con todos los requisitos establecidos por la normativa española.

Te mantendremos informado en todo momento sobre el estado de tu solicitud y estaremos disponibles para responder cualquier pregunta o inquietud que puedas tener durante el proceso.

Cuéntanos tu caso, la primera consulta es gratuita.

tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Puedes tener la tranquilidad de saber que estás en buenas manos. Nos comprometemos a trabajar incansablemente para obtener tu autorización de residencia de forma exitosa.

Permisos de residencia por arraigo (social, familiar, social)

La residencia por arraigo es una autorización temporal otorgada a ciudadanos extranjeros que se encuentran en situación irregular en España y que tienen vínculos familiares en el país o están integrados socialmente.

Si te encuentras en España en situación irregular nos ocupamos de regularizar tu situación.

Existen tres tipos de arraigo, cada uno con requisitos específicos:



Cuéntanos tu caso hoy mismo e inicia tu regularización en España. La primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Autorización inicial y prórroga de estancia por estudios

La permanencia para cursar estudios en España te brinda la oportunidad de vivir en territorio español por más de 90 días con el objetivo de iniciar o continuar tu formación académica en una institución educativa reconocida en el país. Esta autorización no solo te permite involucrarte en un plan de estudios de jornada completa que culmina con la obtención de un título o certificado académico, sino que también abre las puertas a la transición internacional de estudiantes y la realización de estancias prácticas extracurriculares o actividades de voluntariado.

Es esencial verificar que cumples con las condiciones necesarias para la concesión del permiso de residencia para estudios en España:

¡Contáctanos hoy mismo para explicarte el trámite con detalle! La primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Residencia Familiares de Ciudadanos de la Unión Europea

Este permiso está específicamente diseñado para familiares de ciudadanos de la Unión Europea (UE), del Espacio Económico Europeo (EEE) y de Suiza que desean residir en un Estado miembro distinto al de su nacionalidad.

Beneficios del Permiso de Residencia de Familiar Comunitario:

Te guiaremos en cada paso del proceso de solicitud, asegurándonos de la idoneidad de los documentos requeridos y del cumplimiento de los requisitos financieros y de seguro médico, para su presentación de manera correcta y oportuna, y gestionando los trámites administrativos necesarios para agilizar el proceso.

Es fundamental demostrar el vínculo familiar con un ciudadano de la UE/EEE o suizo que ya reside en España. Los familiares elegibles incluyen cónyuges o parejas registradas, hijos menores de 21 años o mayores dependientes, padres y abuelos dependientes. Nos aseguraremos de que todos los certificados y documentos presentados cumplan con los requisitos legales.

No hay límite de tiempo para solicitar el permiso, y una vez aprobada la solicitud, tiene una validez inicial de cinco años. Además, el tiempo vivido bajo su cobertura se tiene en cuenta para el cómputo del período requerido para solicitar la nacionalidad española.
Renovación y Residencia Permanente:


La renovación y posterior solicitud de la Tarjeta de Residencia Permanente de Familiar de Ciudadano de la Unión son procesos complejos que requieren atención especializada.

Cuéntanos tu caso, la primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Confía en nuestro despacho para obtener tu Permiso de Residencia de Familiar Comunitario y asegurar el bienestar legal de tu familia en España. Estamos aquí para ayudarte en cada paso del camino.

Solicitud de Nacionalidad Española

Existen diferentes vías para adquirir la nacionalidad española: por residencia, por carta de naturaleza, por origen, por posesión de estado o por opción. Los requisitos varían según la vía de adquisición de la nacionalidad. Por ejemplo, el tiempo de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición en España puede ser de 10 años, 5 años para refugiados, 2 años para ciertas nacionalidades, o incluso solo 1 año en casos específicos.

Si estás buscando obtener la nacionalidad española y no sabes por dónde empezar te proporcionaremos el mejor asesoramiento legal para tu caso específico, te explicaremos con detalle cuál es la opción más adecuada para ti y te guiaremos durante todo el proceso, nos encargaremos de asegurarnos de que cumplas con todos los requisitos necesarios y nos ocuparemos de obtener, traducir y legalizar toda la documentación necesaria para tu solicitud de nacionalidad, gestionando el pago de las tasas obligatorias y presentándola ante el Ministerio de Justicia, para ello estamos adheridos desde 2018 a la plataforma del Consejo General de la Abogacía para la tramitación telemática de las solicitudes.

Te mantendremos puntualmente informado sobre el estado de tramitación de tu expediente y, una vez que se te haya concedido, te asesoraremos con los trámites posteriores (jura de la nacionalidad, obtención del D.N.I.); si lo necesitas te acompañaremos en trámites presenciales.

Confía en nosotros para obtener tu nacionalidad española sin complicaciones.

¿Tienes dudas sobre la solicitud de nacionalidad? Estamos aquí para ayudarte en cada paso del camino, la primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Agilización del Expediente de Nacionalidad

¿Ha transcurrido un año desde que presentaste la solicitud de nacionalidad y no has recibido respuesta de la Administración?

En estos casos los interesados tienen derecho a interponer un recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional para que el Ministerio de Justicia revise el expediente, verifique que todo está en orden y resuelva expresamente.

Tratándose de un procedimiento judicial es obligatorio contar con la representación de un procurador y con la asistencia de abogado.

Si has esperado más de un año y aún no has recibido respuesta a tu solicitud de Nacionalidad Española por Residencia, no dudes en contactarnos: recopilaremos y revisaremos la documentación que presentaste para analizar la viabilidad del recurso y presentaremos el recurso contencioso-administrativo.

Si tienes cualquier duda sobre este procedimiento, contacta con nosotros hoy mismo y acelera tu proceso de nacionalidad. La primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Te mantendremos puntualmente informado sobre el estado de tramitación del recurso y, una vez que se te haya concedido la nacionalidad, te asesoraremos con los trámites posteriores (jura de la nacionalidad, obtención del D.N.I.); si lo necesitas te acompañaremos en trámites presenciales.

Exequátur

El exequátur es un procedimiento legal que se realiza ante un tribunal español para obtener el reconocimiento y la ejecución de una sentencia judicial extranjera en España. En términos simples, es la forma de validar una sentencia emitida en otro país para que tenga plenos efectos legales en España.

Para entenderlo mejor, imagina el siguiente ejemplo: María y José se divorciaron en Venezuela. María reside ahora en España, ha rehecho su vida y quiere casarse. En este caso, María necesitaría iniciar un proceso de exequátur en un tribunal español para que la sentencia de divorcio venezolana sea reconocida y ejecutada en España.

Nosotros nos encargamos de todo el procedimiento judicial, desde la recopilación y legalización de la documentación necesaria hasta la representación legal en el juzgado correspondiente. Nos aseguramos de que el proceso se realice de manera eficiente y sin complicaciones. Además, nos ocupamos de la inscripción de la sentencia en los registros españoles, si es necesario.

Cuéntanos tu caso y resolveremos tus dudas, La primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Estaremos encantados de ayudarte para obtener el reconocimiento y la ejecución de tu sentencia extranjera a través del procedimiento de exequátur para que tenga plenos efectos legales en España.

Divorcios, separaciones, guardia y custodia, pensiones de alimentos, liquidación de gananciales

¿Enfrentas un problema familiar? No estás solo, te brindamos la mejor asistencia legal para encontrar la solución que necesitas; Abordamos tu caso con sensibilidad y profesionalidad, buscando siempre el mejor resultado.

Más que abogados, somos tu apoyo: nuestra larga trayectoria, alta cualificación y éxitos son la garantía del mejor asesoramiento para superar las dificultades y encontrar soluciones satisfactorias.

¿Tienes dudas sobre un proceso de separación o divorcio? Cuéntanos tu caso, la primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

Además de los servicios mencionados, también te ayudamos en: Confía en nosotros, solucionaremos tus problemas.

Procedimientos penales, violencia de género, alcoholemias

¿Enfrentas un problema legal de índole penal? No te agobies, te acompañaremos defendiendo tus derechos e intereses con la máxima diligencia, discreción y eficacia.

Contamos con acreditada experiencia y solvencia interviniendo como:

Estaremos a tu lado durante toda la tramitación del proceso penal. ¿Necesitas ayuda legal? Cuéntanos tu caso, la primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.
Confía en nosotros, solucionaremos tus problemas.

Sucesiones, adjudicaciones de herencia

¿Necesitas ayuda para tramitar una herencia? Te ofrecemos la mejor asistencia legal para ayudarte a gestionar el proceso de forma eficiente y segura. Nos ocupamos de todo:

Te explicamos todos los pasos legales de forma clara y comprensible, resolviendo tus dudas, agilizando el proceso y ahorrando tiempo y dinero.

¿Tienes dudas sobre la compleja tarea de gestionar una herencia? Solicita una primera consulta gratuita y te informaremos sin compromiso; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

¡Juntos gestionaremos la herencia de forma eficaz y protegeremos tus intereses!

Reclamaciones de indemnización por accidentes, impagados, arrendamientos

Somos un despacho de abogados especializado en representar y asesorar a clientes en una amplia variedad de procesos de reclamación. Desde accidentes de tráfico o laborales, gestión de impagados, arrendamientos hasta negligencias médicas o defectos en la construcción, defendemos sus derechos con la máxima dedicación y rigor.

Reclamación de Indemnizaciones por Lesiones y Daños en Accidentes. Nuestro compromiso es claro: defendemos los intereses de las personas lesionadas en accidentes de tráfico y laborales, gestionando la reclamación de sus indemnizaciones frente al interés económico de las aseguradoras. No solo buscamos indemnizaciones justas, sino que también velamos por la salud y el bienestar de nuestros clientes, asegurando que reciban el mejor tratamiento médico para su recuperación. Trabajamos por lograr la indemnización más justa para cada persona, no solo para cubrir sus necesidades presentes, también las que puedan surgir en el futuro, sin olvidar los perjuicios morales a familiares o los casos de graves lesionados en los que se necesitará ayuda de terceros, adecuación de vivienda, vehículo.

Reclamaciones de Cantidad y Gestión de Impagados. Ofrecemos asistencia legal para recuperar impagados, diseñando estrategias tanto amistosas como judiciales para defender los intereses de particulares, profesionales y empresas. Nuestras herramientas para garantizar el cobro de las deudas son la perseverancia, constancia y la alta capacitación técnica.

Reclamaciones de Rentas Impagadas y Desahucios. Asesoramos legalmente ante la diversa gama de situaciones relacionados con los contratos de arrendamiento, desde los desahucios por falta de pago, las reclamaciones de las rentas impagadas, los incumplimiento de condiciones o finalización del contrato hasta los casos de inquiokupas, estamos preparados para abordar cada situación con eficacia.

Nuestro proceso de trabajo comienza con un análisis exhaustivo para determinar la solidez de la reclamación y ofrecerte una visión clara de las opciones. Antes de acudir a la vía judicial siempre buscamos resolver las reclamaciones de manera amistosa, negociando para alcanzar un acuerdo justo y equitativo, pero si la vía extrajudicial no prospera, estamos preparados para representarte en tribunales y luchar por tus derechos.

Contamos con una amplia red de contactos profesionales que colaborarán con nosotros para obtener los mejores resultados (investigadores, expertos en reconstrucción de accidentes, peritos médicos, peritos inmobiliarios, peritos informáticos …).

Cuéntanos tu caso, la primera consulta es gratuita; tu información estará a salvo bajo las más estrictas normas de seguridad y protección de datos.

DICEN DE NOSOTROS

Hemos seleccionado una pequeña muestra de testimonios de clientes que han confiado en nosotros para resolver sus problemas y conseguir sus objetivos. Nos sentimos muy agradecidos y orgullosos de presentar sus opiniones, detrás de las que hay una historia de trabajo y éxito.

Nosotros

Jose Fernando Ferrer García

Inicié mi formación en derecho en Venezuela, especializándome en Derecho Constitucional, lo que me permitió desarrollar habilidades en análisis de legislación, redacción de documentos legales y defensa de derechos constitucionales durante 11 años de carrera judicial. 

Al emigrar a España, continué mis estudios para adaptarme al sistema legal español, obteniendo una visión comparativa y enriquecedora del derecho. Mi experiencia en ambos países me ha dotado de una comprensión versátil y única del derecho, beneficiando a mis clientes con enfoques innovadores. 

Mi práctica se basa en principios de integridad, justicia y dedicación, ofreciendo soluciones legales personalizadas y efectivas.

Letrado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid.

ferrerjf@icam.esferrerjf@icam.es"> 

Ignacio Javier García Ares

Con sólida formación académica, más de 30 años de experiencia profesional y en constante actualización de conocimientos, mi práctica legal me permite abordar cada situación con la seguridad y confianza que solo un abogado experimentado puede ofrecer.

Mi pasión por la investigación y análisis legal, la redacción y argumentación jurídica, se enfocan en la búsqueda del mejor resultado posible para cada caso, por lo que dedico el tiempo y recursos necesarios para comprender a fondo las necesidades e inquietudes de mis clientes.

Tu tranquilidad y éxito son mi prioridad absoluta y refleja mi deseo de contribuir a lograr un mundo más pacífico, agradable y armonioso.

Letrado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid.

ignaciojgarciaares@icam.es

Precios

¿Buscas una relación de confianza y colaboración?

Explicamos con sencillez y transparencia las características de nuestros servicios hasta asegurarnos de su total comprensión, detallando en presupuestos y hojas de encargo el coste real de lo que se contrata.  

La comunicación fluida es esencial para una buena relación cliente-abogado; por eso te mantenemos informado en todo momento del estado de tu caso y el  desarrollo de nuestra actividad, respondiendo consultas telefónicas o mensajes electrónicos sin cargos adicionales.


Precios flexibles y adaptables: ofrecemos planes de pago que se ajustan a tus necesidades. Presentamos en detalle los precios, términos y condiciones desde el inicio para asegurar el entendimiento mutuo y evitar confusiones.


¿Presupuestamos? Contacta con nosotros y descubre cómo podemos ayudarte.

Contacto

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Estoy residiendo legalmente en España, ¿puedo modificar mi autorización de estancia o residencia?

¿Estás en España con un permiso o autorización de estancia o residencia y te preguntas si puedes cambiar tu situación legal para trabajar o mejorar tu estatus? 

La respuesta es sí. 

Lo mejor es que lo tienes mucho más fácil de lo que crees gracias al nuevo Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024). Eso sí, los trámites… pueden enrevesarse un poco, pero eso casi es lo de menos porque se los puedes dejar a un profesional con experiencia.

Vamos a verlo porque merece la pena que estés bien informado/a para que puedas beneficiarte de la modificación de tu autorización si te compensa más para tu futuro próximo.

¿Por qué modificar tu autorización de residencia?

Modificar tu autorización de residencia te va a permitir adaptarte a las nuevas circunstancias personales o laborales que tenga tu situación actual sin tener que salir de España. 

Igual ya has terminado tus estudios y tienes una increíble oferta de trabajo, o incluso deseas cambiar de sector laboral, pues bien, el nuevo reglamento de extranjería facilita estos cambios.​

Cambiar de estancia por estudios a residencia y trabajo

Si estás residiendo legalmente en España con una autorización de estancia de larga duración para estudios o actividades formativas, podrás acceder a la residencia con autorización para trabajar, sin necesidad de visado previo. 

Eso sí, deberás haber finalizado tu formación y no haber recibido becas o ayudas de programas de cooperación al desarrollo o humanitarios.

Todo esto, también se aplica si estás realizando formación sanitaria especializada según el artículo 58 del Reglamento.

Estas son las diferentes opciones que tienes:

  • Para obtener una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena: deberás cumplir los requisitos del artículo 74 del Reglamento, excepto el visado. Tú o tu empleador podéis presentar la solicitud, aunque será él quien deba pagar la tasa.

  • Si quieres trabajar por cuenta propia: tendrás que cumplir con lo establecido en el artículo 84 del Reglamento, es decir, demostrar que tu actividad es viable, estar al día con el pago de impuestos y con la Seguridad Social.

  • Si buscas una residencia sin permiso de trabajo: deberás estar a lo regulado en el artículo 89.2 del Reglamento (contar con medios económicos suficientes y un seguro médico).

  • Si tienes familiares conviviendo contigo: podrás pedir una autorización de residencia por reagrupación familiar para ellos, siempre que tengas suficiente dinero y una vivienda adecuada, como dice el artículo 56 del Reglamento.

Tienes que presentar tu solicitud durante los 2 meses anteriores o los 3 posteriores a que termine tu autorización de estancia o desde que consigas tu título.

Una vez que tu solicitud sea admitida a trámite, tu estancia pasa a ser una residencia provisional (con o sin permiso de trabajo). 

Si te la deniegan, esta autorización provisional dejará de ser válida de forma automática.

La autorización de residencia sólo tendrá efecto cuando te des de alta en la Seguridad Social. Si tienes familiares a cargo, lógicamente, su permiso dependerá del tuyo. 

También tendrás que pedir tu tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en un plazo de un mes.

Esta nueva autorización te será concedida por un año y, dependiendo del tipo, podrás renovarla o prorrogarla.

Por último, si finalizas estudios superiores (nivel 6 o más del Marco Europeo de Cualificaciones), puedes pedir una residencia para buscar empleo o montar tu propio proyecto, todo ello según lo regulado en la Ley 14/2013.

Ejemplo: María, es una estudiante colombiana que ha finalizado un máster en marketing digital, y recibe una oferta de trabajo de una empresa en Madrid. Ahora podrá solicitar la modificación de su autorización de estancia a una de residencia y trabajo por cuenta ajena.​

Modificar de residencia temporal a residencia y trabajo

Si ya tienes una autorización de residencia temporal, podrías modificarla para incluir autorización de trabajo siempre y cuando:

  • Si llevas menos de un año residiendo: deberás cumplir todos los requisitos del artículo 74 del Reglamento (tener contrato laboral, solvencia del empleador y licencias necesarias), obteniendo una autorización inicial de un año.

  • Si llevas al menos un año en España con autorización que ya te permitía trabajar: tienes que cumplir con los requisitos del artículo 80 (para trabajo por cuenta ajena, demostrando continuidad laboral y cotizaciones a Seguridad Social) o artículo 86 del Reglamento (para trabajo por cuenta propia, demostrando actividad económica viable y obligaciones fiscales). Esta nueva autorización será válida por 4 años, iniciándose tras vencer la anterior.

  • Si llevas al menos un año con autorización que no te permitía trabajar: podrás modificarla cumpliendo los requisitos del artículo 74 (excepto el apartado 1.a) -que la situación nacional de empleo permita la contratación-) y del artículo 84 del Reglamento si trabajas por cuenta propia (demostrando medios económicos y obligaciones tributarias). Esta autorización tiene una duración de un año y requiere alta en la Seguridad Social en el plazo de un mes.

  • Si eres un trabajador de temporada que cumples 4 años respetando estos requisitos: vas a poder obtener autorización de residencia y trabajo por 2 años, cumpliendo también los artículos 74 u 84 del Reglamento según sea trabajo por cuenta ajena o propia.

No podrás solicitar esta modificación si tienes una autorización específica como: trabajadores transfronterizos, reagrupados familiares o residencias por circunstancias excepcionales.

Igualmente, si dejas de ser familiar de ciudadano europeo o español, podrás conseguir  residencia no lucrativa o autorización de trabajo cumpliendo ciertos requisitos, sin necesidad de nuevo visado.

Ejemplo: Luis, un ciudadano argentino con residencia temporal no lucrativa, decide emprender un negocio de catering. Puede solicitar la modificación de su autorización para incluir el permiso de trabajo por cuenta propia.​

Modificaciones de autorizaciones existentes

El artículo 192 del Nuevo Reglamento de extranjería establece procedimientos para modificar autorizaciones ya existentes, incluyendo:

  • Cambio de situación: Pasar de estancia a residencia.​

  • Cambio de condiciones: Modificar el alcance de la autorización en cuanto a ocupación, sector o ámbito territorial.​

  • Cambio de tipo de trabajo: Pasar de trabajo por cuenta ajena a cuenta propia, o viceversa.

Ejemplo: Ana, una ciudadana peruana con autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena, decide iniciar su propio negocio. Puede solicitar la modificación de su autorización para trabajar por cuenta propia.​

¿Y si el empleador es autónomo?

En ese caso, además del contrato de trabajo, las autoridades te exigirán que demuestres que tienes medios económicos suficientes para mantenerte como trabajador/a.

  • Declaraciones de IVA, IRPF o impuesto de sociedades.

  • Informe de vida laboral de la empresa.

  • Acreditación del alta en la Seguridad Social.

Consejo: Es fundamental que la empresa (o autónomo) esté al corriente de pagos con Hacienda y Seguridad Social, porque de lo contrario, tu solicitud podría ser denegada aunque cumplas con el resto de requisitos.

Documentación necesaria

Para solicitar la modificación de tu autorización, generalmente necesitarás:

  • Formulario de solicitud: El modelo EX-03, debidamente cumplimentado.​

  • Pasaporte en vigor: Copia completa de tu pasaporte​

  • Contrato de trabajo o proyecto empresarial: Dependiendo de si trabajas por cuenta ajena o propia.​

  • Acreditación de estudios: Certificados que demuestren la finalización de tus estudios o formación.​

  • Antecedentes penales: Certificados de los países donde hayas residido en los últimos cinco años.​

  • Documentación del empleador: Incluye el NIF de la empresa, escritura de constitución y documentación que acredite la solvencia económica.

Procedimiento y plazos

  • Presentación de la solicitud: Puedes hacerlo de forma telemática a través de la plataforma Mercurio o presencialmente en la Oficina de Extranjería correspondiente.​

  • Plazo para presentar la solicitud: Desde 2 meses antes hasta 3 meses después de la caducidad de tu autorización actual.​

  • Tasas: Debes abonar las tasas correspondientes mediante los modelos 790 (código 052 para el trabajador y 062 para el empleador).​

  • Resolución: El plazo máximo que tiene la Administración para resolver es de tres meses. Si no recibes respuesta en ese tiempo, se entiende desestimada por silencio administrativo.​

¿Y si me deniegan la modificación?

No te asustes. Si eso pasa, no significa que tengas que irte inmediatamente del país. Tienes derecho a:

Presentar un recurso de reposición

  • Tienes 1 mes desde la notificación.

  • Durante ese tiempo puedes seguir en España de forma legal.

  • No te pueden expulsar dado que tienes un recurso en trámite.

Ejemplo: Si te deniegan porque tu contrato no cumple el salario mínimo, pero luego consigues uno mejor, puedes presentar el nuevo contrato como prueba en el recurso.

Acudir a la vía judicial (contencioso-administrativo)

  • Si te rechazan el recurso administrativo, puedes ir a los tribunales.

  • Para esto necesitas abogado y procurador (aconsejamos expertos en extranjería).

  • El proceso puede tardar, pero mientras tanto puedes seguir en España legalmente.

Importante: No puedes trabajar durante el recurso, a menos que se resuelva a tu favor o un juez lo autorice.

¿Qué pasa si presento mi solicitud fuera de plazo?

Si presentas tu solicitud fuera de plazo, podrías ser inadmitida directamente. 

Por eso, lo mejor es no apurar los plazos y preparar toda la documentación con antelación.

Puedes adaptarte sin temor a consecuencia alguna

Lo sabemos, modificar tu autorización de residencia puede resultar un proceso estresante. 

Pero también es una oportunidad de oro para crecer, trabajar, y construir tu vida en España de forma segura y legal.

Este nuevo reglamento, aunque reciente, ha abierto puertas que antes eran mucho más difíciles de cruzar. 

Si tú ya estás en España y tienes una oportunidad laboral, ahora tienes más facilidades para regularizar tu situación sin salir del país.

Eso sí, cambiar tu autorización de residencia no es un mero trámite. Es una decisión importante que puede cambiar tu forma de vida en España. 

Por eso, no lo hagas a ciegas. Infórmate, prepárate y hazlo con confianza.

Igualmente, un asesor experto en extranjería creemos que es fundamental para no cometer equivocaciones que sean difíciles de corregir en el futuro.

Igual no nos eliges a nosotros, pero te aconsejamos que te asesores bien por un profesional especializado en extranjería. 

Es tu futuro el que está en juego. 

En tuabogado.legal tenemos abogados expertos en extranjería que podrán asesorarte para no cometer un solo error en este proceso de modificación.

Realiza tu consulta pinchando en el botón azul que tienes aquí debajo.

Te vamos a ayudar.


¿Estás en España con un permiso o autorización de estancia o residencia y te preguntas si puedes cambiar tu situación legal para trabajar o mejorar tu estatus? 

La respuesta es sí. 

Lo mejor es que lo tienes mucho más fácil de lo que crees gracias al nuevo Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024). Eso sí, los trámites… pueden enrevesarse un poco, pero eso casi es lo de menos porque se los puedes dejar a un profesional con experiencia.

Vamos a verlo porque merece la pena que estés bien informado/a para que puedas beneficiarte de la modificación de tu autorización si te compensa más para tu futuro próximo.

¿Por qué modificar tu autorización de residencia?

Modificar tu autorización de residencia te va a permitir adaptarte a las nuevas circunstancias personales o laborales que tenga tu situación actual sin tener que salir de España. 

Igual ya has terminado tus estudios y tienes una increíble oferta de trabajo, o incluso deseas cambiar de sector laboral, pues bien, el nuevo reglamento de extranjería facilita estos cambios.​

Cambiar de estancia por estudios a residencia y trabajo

Si estás residiendo legalmente en España con una autorización de estancia de larga duración para estudios o actividades formativas, podrás acceder a la residencia con autorización para trabajar, sin necesidad de visado previo. 

Eso sí, deberás haber finalizado tu formación y no haber recibido becas o ayudas de programas de cooperación al desarrollo o humanitarios.

Todo esto, también se aplica si estás realizando formación sanitaria especializada según el artículo 58 del Reglamento.

Estas son las diferentes opciones que tienes:

  • Para obtener una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena: deberás cumplir los requisitos del artículo 74 del Reglamento, excepto el visado. Tú o tu empleador podéis presentar la solicitud, aunque será él quien deba pagar la tasa.

  • Si quieres trabajar por cuenta propia: tendrás que cumplir con lo establecido en el artículo 84 del Reglamento, es decir, demostrar que tu actividad es viable, estar al día con el pago de impuestos y con la Seguridad Social.

  • Si buscas una residencia sin permiso de trabajo: deberás estar a lo regulado en el artículo 89.2 del Reglamento (contar con medios económicos suficientes y un seguro médico).

  • Si tienes familiares conviviendo contigo: podrás pedir una autorización de residencia por reagrupación familiar para ellos, siempre que tengas suficiente dinero y una vivienda adecuada, como dice el artículo 56 del Reglamento.

Tienes que presentar tu solicitud durante los 2 meses anteriores o los 3 posteriores a que termine tu autorización de estancia o desde que consigas tu título.

Una vez que tu solicitud sea admitida a trámite, tu estancia pasa a ser una residencia provisional (con o sin permiso de trabajo). 

Si te la deniegan, esta autorización provisional dejará de ser válida de forma automática.

La autorización de residencia sólo tendrá efecto cuando te des de alta en la Seguridad Social. Si tienes familiares a cargo, lógicamente, su permiso dependerá del tuyo. 

También tendrás que pedir tu tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en un plazo de un mes.

Esta nueva autorización te será concedida por un año y, dependiendo del tipo, podrás renovarla o prorrogarla.

Por último, si finalizas estudios superiores (nivel 6 o más del Marco Europeo de Cualificaciones), puedes pedir una residencia para buscar empleo o montar tu propio proyecto, todo ello según lo regulado en la Ley 14/2013.

Ejemplo: María, es una estudiante colombiana que ha finalizado un máster en marketing digital, y recibe una oferta de trabajo de una empresa en Madrid. Ahora podrá solicitar la modificación de su autorización de estancia a una de residencia y trabajo por cuenta ajena.​

Modificar de residencia temporal a residencia y trabajo

Si ya tienes una autorización de residencia temporal, podrías modificarla para incluir autorización de trabajo siempre y cuando:

  • Si llevas menos de un año residiendo: deberás cumplir todos los requisitos del artículo 74 del Reglamento (tener contrato laboral, solvencia del empleador y licencias necesarias), obteniendo una autorización inicial de un año.

  • Si llevas al menos un año en España con autorización que ya te permitía trabajar: tienes que cumplir con los requisitos del artículo 80 (para trabajo por cuenta ajena, demostrando continuidad laboral y cotizaciones a Seguridad Social) o artículo 86 del Reglamento (para trabajo por cuenta propia, demostrando actividad económica viable y obligaciones fiscales). Esta nueva autorización será válida por 4 años, iniciándose tras vencer la anterior.

  • Si llevas al menos un año con autorización que no te permitía trabajar: podrás modificarla cumpliendo los requisitos del artículo 74 (excepto el apartado 1.a) -que la situación nacional de empleo permita la contratación-) y del artículo 84 del Reglamento si trabajas por cuenta propia (demostrando medios económicos y obligaciones tributarias). Esta autorización tiene una duración de un año y requiere alta en la Seguridad Social en el plazo de un mes.

  • Si eres un trabajador de temporada que cumples 4 años respetando estos requisitos: vas a poder obtener autorización de residencia y trabajo por 2 años, cumpliendo también los artículos 74 u 84 del Reglamento según sea trabajo por cuenta ajena o propia.

No podrás solicitar esta modificación si tienes una autorización específica como: trabajadores transfronterizos, reagrupados familiares o residencias por circunstancias excepcionales.

Igualmente, si dejas de ser familiar de ciudadano europeo o español, podrás conseguir  residencia no lucrativa o autorización de trabajo cumpliendo ciertos requisitos, sin necesidad de nuevo visado.

Ejemplo: Luis, un ciudadano argentino con residencia temporal no lucrativa, decide emprender un negocio de catering. Puede solicitar la modificación de su autorización para incluir el permiso de trabajo por cuenta propia.​

Modificaciones de autorizaciones existentes

El artículo 192 del Nuevo Reglamento de extranjería establece procedimientos para modificar autorizaciones ya existentes, incluyendo:

  • Cambio de situación: Pasar de estancia a residencia.​

  • Cambio de condiciones: Modificar el alcance de la autorización en cuanto a ocupación, sector o ámbito territorial.​

  • Cambio de tipo de trabajo: Pasar de trabajo por cuenta ajena a cuenta propia, o viceversa.

Ejemplo: Ana, una ciudadana peruana con autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena, decide iniciar su propio negocio. Puede solicitar la modificación de su autorización para trabajar por cuenta propia.​

¿Y si el empleador es autónomo?

En ese caso, además del contrato de trabajo, las autoridades te exigirán que demuestres que tienes medios económicos suficientes para mantenerte como trabajador/a.

  • Declaraciones de IVA, IRPF o impuesto de sociedades.

  • Informe de vida laboral de la empresa.

  • Acreditación del alta en la Seguridad Social.

Consejo: Es fundamental que la empresa (o autónomo) esté al corriente de pagos con Hacienda y Seguridad Social, porque de lo contrario, tu solicitud podría ser denegada aunque cumplas con el resto de requisitos.

Documentación necesaria

Para solicitar la modificación de tu autorización, generalmente necesitarás:

  • Formulario de solicitud: El modelo EX-03, debidamente cumplimentado.​

  • Pasaporte en vigor: Copia completa de tu pasaporte​

  • Contrato de trabajo o proyecto empresarial: Dependiendo de si trabajas por cuenta ajena o propia.​

  • Acreditación de estudios: Certificados que demuestren la finalización de tus estudios o formación.​

  • Antecedentes penales: Certificados de los países donde hayas residido en los últimos cinco años.​

  • Documentación del empleador: Incluye el NIF de la empresa, escritura de constitución y documentación que acredite la solvencia económica.

Procedimiento y plazos

  • Presentación de la solicitud: Puedes hacerlo de forma telemática a través de la plataforma Mercurio o presencialmente en la Oficina de Extranjería correspondiente.​

  • Plazo para presentar la solicitud: Desde 2 meses antes hasta 3 meses después de la caducidad de tu autorización actual.​

  • Tasas: Debes abonar las tasas correspondientes mediante los modelos 790 (código 052 para el trabajador y 062 para el empleador).​

  • Resolución: El plazo máximo que tiene la Administración para resolver es de tres meses. Si no recibes respuesta en ese tiempo, se entiende desestimada por silencio administrativo.​

¿Y si me deniegan la modificación?

No te asustes. Si eso pasa, no significa que tengas que irte inmediatamente del país. Tienes derecho a:

Presentar un recurso de reposición

  • Tienes 1 mes desde la notificación.

  • Durante ese tiempo puedes seguir en España de forma legal.

  • No te pueden expulsar dado que tienes un recurso en trámite.

Ejemplo: Si te deniegan porque tu contrato no cumple el salario mínimo, pero luego consigues uno mejor, puedes presentar el nuevo contrato como prueba en el recurso.

Acudir a la vía judicial (contencioso-administrativo)

  • Si te rechazan el recurso administrativo, puedes ir a los tribunales.

  • Para esto necesitas abogado y procurador (aconsejamos expertos en extranjería).

  • El proceso puede tardar, pero mientras tanto puedes seguir en España legalmente.

Importante: No puedes trabajar durante el recurso, a menos que se resuelva a tu favor o un juez lo autorice.

¿Qué pasa si presento mi solicitud fuera de plazo?

Si presentas tu solicitud fuera de plazo, podrías ser inadmitida directamente. 

Por eso, lo mejor es no apurar los plazos y preparar toda la documentación con antelación.

Puedes adaptarte sin temor a consecuencia alguna

Lo sabemos, modificar tu autorización de residencia puede resultar un proceso estresante. 

Pero también es una oportunidad de oro para crecer, trabajar, y construir tu vida en España de forma segura y legal.

Este nuevo reglamento, aunque reciente, ha abierto puertas que antes eran mucho más difíciles de cruzar. 

Si tú ya estás en España y tienes una oportunidad laboral, ahora tienes más facilidades para regularizar tu situación sin salir del país.

Eso sí, cambiar tu autorización de residencia no es un mero trámite. Es una decisión importante que puede cambiar tu forma de vida en España. 

Por eso, no lo hagas a ciegas. Infórmate, prepárate y hazlo con confianza.

Igualmente, un asesor experto en extranjería creemos que es fundamental para no cometer equivocaciones que sean difíciles de corregir en el futuro.

Igual no nos eliges a nosotros, pero te aconsejamos que te asesores bien por un profesional especializado en extranjería. 

Es tu futuro el que está en juego. 

En tuabogado.legal tenemos abogados expertos en extranjería que podrán asesorarte para no cometer un solo error en este proceso de modificación.

Realiza tu consulta pinchando en el botón azul que tienes aquí debajo.

Te vamos a ayudar.