Sobreseimiento provisional: Cómo se archivan normalmente los procesos penales
El sobreseimiento provisional es una decisión judicial que suspende temporalmente un proceso penal cuando no hay pruebas suficientes para continuar con la acusación o se desconoce quién ha sido el autor de los hechos.
Eso sí, la denominación “provisional” tiene su sentido porque el procedimiento no se archiva definitivamente.
Con lo que el caso podría reabrirse si aparecen nuevas pruebas y/o se consigue identificar al presunto autor de los hechos. Es decir, se necesita una justificación clara para reabrir y continuar con el procedimiento.
El sobreseimiento provisional está regulado en los artículos 641.1º y 641.2º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) y debe diferenciarse del sobreseimiento libre, porque esta decisión sí pone fin al proceso de manera definitiva.
A continuación, vamos a analizar los supuestos en los que procede el sobreseimiento provisional, sus características, la diferencia con el sobreseimiento libre y cuáles son las posibilidades de recurrir esta decisión judicial.
¿Cuándo se dicta el sobreseimiento provisional?
El artículo 641 de la LECrim establece dos situaciones en las que un juez y solo un juez o magistrado podría acordarlo:
Cuando no se justifica suficientemente la existencia del delito.
Cuando se acredita que hubo un delito, pero no hay indicios suficientes para acusar a una persona concreta.
Lo vas a visualizar mejor con un par de ejemplos:
Robo con fuerza en la caja de una tienda donde no hay imágenes de seguridad ni testigos que vinculen a un sospechoso con el delito, el juez en este caso no puede hacer otra cosa que iniciar y archivar provisionalmente el proceso hasta que la policía tenga al presunto autor.
Una presunta víctima denuncia por violencia psicológica a su pareja sin aportar ninguna prueba excepto su relato de los hechos. El denunciado niega los hechos. En este caso, al juez tampoco le va a quedar más remedio que acordar el sobreseimiento provisional de la causa. Si la víctima consiguiese presentar alguna prueba que demostrase, al menos de forma indiciaria, los hechos denunciados, seguramente se reabriría el procedimiento.
Características del sobreseimiento provisional
El archivo de un procedimiento penal por sobreseimiento provisional tiene particularidades que lo diferencian de otras formas de archivo en un proceso penal:
1. No implica una absolución
Si se tiene identificado a un presunto autor, no significa que este sea inocente, sino que en ese momento no hay pruebas suficientes para continuar con el procedimiento.
2. El caso puede reabrirse
Si surgen nuevas pruebas en el futuro, o en el caso de que se identifique a un presunto autor, el procedimiento puede reabrirse.
3. No extingue la responsabilidad penal
Al no implicar una absolución ni tener los hechos por cosa juzgad, el investigado sigue siendo susceptible de poder ser procesado si aparecen nuevos indicios.
Veamos otros dos ejemplos:
Presunta apropiación indebida de fondos públicos. Si la investigación inicial no encuentra pruebas concluyentes, el juez puede archivar provisionalmente el procedimiento. Sin embargo, si más adelante se descubren transacciones irregulares que vinculan al sospechoso con el delito, el caso puede reabrirse.
Atropello con resultado de muerte y conductor se da a la fuga. En este caso, se desconoce al presunto autor, el juez puede acordar el sobreseimiento provisional a la espera de que la policía pueda identificar al presunto autor, y en este caso, igualmente aportar pruebas de que fue esa persona quien atropelló al transeúnte.
Diferencias entre sobreseimiento provisional y sobreseimiento libre
Archivar un proceso penal por sobreseimiento libre es muy distinto al provisional porque en este caso, sí pone fin al proceso de forma definitiva, sin posibilidad de reapertura.
Pasamos a mostrarte una tabla ilustrativa donde podrás ver bien las características y diferencias entre un archivo provisional y uno libre.
Por ejemplo, si en un caso de agresión se demuestra que el acusado estaba en otro país en el momento de los hechos, el juez dictará un sobreseimiento libre, ya que es imposible que haya cometido el delito.
Otro ejemplo claro es las denuncias de parejas separadas o divorciadas donde el denunciante indica que su pareja no ha devuelto a la hora que debía al hijo menor a su domicilio.
En este caso, dado que no se trata de un secuestro, los hechos denunciados pertenecen al ámbito civil, con lo que se acordará un sobreseimiento libre sin privar al denunciante de poder ejercer las acciones civiles que le correspondan.
El papel del Ministerio Fiscal en el sobreseimiento
El Ministerio Fiscal puede solicitar tanto el sobreseimiento provisional como el libre si considera que no hay pruebas suficientes para sostener la acusación.
Si el Fiscal solicita el sobreseimiento y no existe un querellante o acusación particular dispuesto a continuar con la causa, el tribunal puede acordarlo.
Lo podrá acordar igualmente si hubiera querellante o acusación particular personada en la causa, pero en este caso, primero le dará traslado de las manifestaciones del Ministerio Fiscal.
¿Se puede recurrir un auto de sobreseimiento provisional?
Sí, como casi cualquier resolución en el ámbito penal. Tanto las víctimas, perjudicados como el Ministerio Fiscal pueden recurrir el auto de sobreseimiento si consideran que el caso debe continuar.
Incluso podría personarse una acusación popular que igualmente podría recurrir esta resolución
Contra el Auto que acuerde el sobreseimiento provisional podrá interponerse recurso de reforma en el plazo de 3 días y/o de apelación de forma subsidiaria en el plazo de 5 días desde que se notifique la resolución del recurso de reforma.
De la misma forma, podría ser presentado recurso de apelación de forma directa, en el plazo de 5 días, sin la necesidad de presentar anteriormente el recurso de reforma.
Los días inhábiles, como sábados, domingos y festivos, no se incluyen en el cómputo.
Por ejemplo, si en un caso de estafa un juez decreta el sobreseimiento provisional por falta de pruebas, pero el perjudicado no está de acuerdo con la resolución porque ha aportado documentos que demuestran el engaño, puede interponer recurso solicitando la reapertura del caso.
Nota importante: Para poder recurrir se debe estar personado en la causa, es decir, es obligatoria contar con abogado y procurador.
¿Reabrir un sobreseimiento provisional? Estadísticamente es complicado.
El sobreseimiento provisional es una medida judicial que suspende temporalmente un proceso penal cuando no hay pruebas suficientes para continuar, pero deja abierta la posibilidad de reanudarlo si surgen nuevos indicios.
Es esencial diferenciarlo del sobreseimiento libre, porque este último sí extingue definitivamente la causa y la responsabilidad penal del investigado o acusado.
Si un caso ha sido archivado provisionalmente, las partes afectadas aún pueden presentar nuevas pruebas o recurrir la decisión judicial para intentar que el procedimiento siga adelante.
Aunque la experiencia nos dice que resulta realmente complicado reabrir un caso archivado, a no ser que se haya archivado directamente al presentarse el atestado o denuncia por falta de autor conocido o de pruebas indiciarias que permitan sostener una acusación.
En estos casos, la probabilidad de conseguir la reapertura del procedimiento aumenta significativamente.
Si necesitas ayuda, en tuabogado.legal tenemos abogados expertos en derecho penal que podrán orientarte sobre tu caso concreto.
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Queremos ayudarte.
El sobreseimiento provisional es una decisión judicial que suspende temporalmente un proceso penal cuando no hay pruebas suficientes para continuar con la acusación o se desconoce quién ha sido el autor de los hechos.
Eso sí, la denominación “provisional” tiene su sentido porque el procedimiento no se archiva definitivamente.
Con lo que el caso podría reabrirse si aparecen nuevas pruebas y/o se consigue identificar al presunto autor de los hechos. Es decir, se necesita una justificación clara para reabrir y continuar con el procedimiento.
El sobreseimiento provisional está regulado en los artículos 641.1º y 641.2º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) y debe diferenciarse del sobreseimiento libre, porque esta decisión sí pone fin al proceso de manera definitiva.
A continuación, vamos a analizar los supuestos en los que procede el sobreseimiento provisional, sus características, la diferencia con el sobreseimiento libre y cuáles son las posibilidades de recurrir esta decisión judicial.
¿Cuándo se dicta el sobreseimiento provisional?
El artículo 641 de la LECrim establece dos situaciones en las que un juez y solo un juez o magistrado podría acordarlo:
Cuando no se justifica suficientemente la existencia del delito.
Cuando se acredita que hubo un delito, pero no hay indicios suficientes para acusar a una persona concreta.
Lo vas a visualizar mejor con un par de ejemplos:
Robo con fuerza en la caja de una tienda donde no hay imágenes de seguridad ni testigos que vinculen a un sospechoso con el delito, el juez en este caso no puede hacer otra cosa que iniciar y archivar provisionalmente el proceso hasta que la policía tenga al presunto autor.
Una presunta víctima denuncia por violencia psicológica a su pareja sin aportar ninguna prueba excepto su relato de los hechos. El denunciado niega los hechos. En este caso, al juez tampoco le va a quedar más remedio que acordar el sobreseimiento provisional de la causa. Si la víctima consiguiese presentar alguna prueba que demostrase, al menos de forma indiciaria, los hechos denunciados, seguramente se reabriría el procedimiento.
Características del sobreseimiento provisional
El archivo de un procedimiento penal por sobreseimiento provisional tiene particularidades que lo diferencian de otras formas de archivo en un proceso penal:
1. No implica una absolución
Si se tiene identificado a un presunto autor, no significa que este sea inocente, sino que en ese momento no hay pruebas suficientes para continuar con el procedimiento.
2. El caso puede reabrirse
Si surgen nuevas pruebas en el futuro, o en el caso de que se identifique a un presunto autor, el procedimiento puede reabrirse.
3. No extingue la responsabilidad penal
Al no implicar una absolución ni tener los hechos por cosa juzgad, el investigado sigue siendo susceptible de poder ser procesado si aparecen nuevos indicios.
Veamos otros dos ejemplos:
Presunta apropiación indebida de fondos públicos. Si la investigación inicial no encuentra pruebas concluyentes, el juez puede archivar provisionalmente el procedimiento. Sin embargo, si más adelante se descubren transacciones irregulares que vinculan al sospechoso con el delito, el caso puede reabrirse.
Atropello con resultado de muerte y conductor se da a la fuga. En este caso, se desconoce al presunto autor, el juez puede acordar el sobreseimiento provisional a la espera de que la policía pueda identificar al presunto autor, y en este caso, igualmente aportar pruebas de que fue esa persona quien atropelló al transeúnte.
Diferencias entre sobreseimiento provisional y sobreseimiento libre
Archivar un proceso penal por sobreseimiento libre es muy distinto al provisional porque en este caso, sí pone fin al proceso de forma definitiva, sin posibilidad de reapertura.
Pasamos a mostrarte una tabla ilustrativa donde podrás ver bien las características y diferencias entre un archivo provisional y uno libre.
Por ejemplo, si en un caso de agresión se demuestra que el acusado estaba en otro país en el momento de los hechos, el juez dictará un sobreseimiento libre, ya que es imposible que haya cometido el delito.
Otro ejemplo claro es las denuncias de parejas separadas o divorciadas donde el denunciante indica que su pareja no ha devuelto a la hora que debía al hijo menor a su domicilio.
En este caso, dado que no se trata de un secuestro, los hechos denunciados pertenecen al ámbito civil, con lo que se acordará un sobreseimiento libre sin privar al denunciante de poder ejercer las acciones civiles que le correspondan.
El papel del Ministerio Fiscal en el sobreseimiento
El Ministerio Fiscal puede solicitar tanto el sobreseimiento provisional como el libre si considera que no hay pruebas suficientes para sostener la acusación.
Si el Fiscal solicita el sobreseimiento y no existe un querellante o acusación particular dispuesto a continuar con la causa, el tribunal puede acordarlo.
Lo podrá acordar igualmente si hubiera querellante o acusación particular personada en la causa, pero en este caso, primero le dará traslado de las manifestaciones del Ministerio Fiscal.
¿Se puede recurrir un auto de sobreseimiento provisional?
Sí, como casi cualquier resolución en el ámbito penal. Tanto las víctimas, perjudicados como el Ministerio Fiscal pueden recurrir el auto de sobreseimiento si consideran que el caso debe continuar.
Incluso podría personarse una acusación popular que igualmente podría recurrir esta resolución
Contra el Auto que acuerde el sobreseimiento provisional podrá interponerse recurso de reforma en el plazo de 3 días y/o de apelación de forma subsidiaria en el plazo de 5 días desde que se notifique la resolución del recurso de reforma.
De la misma forma, podría ser presentado recurso de apelación de forma directa, en el plazo de 5 días, sin la necesidad de presentar anteriormente el recurso de reforma.
Los días inhábiles, como sábados, domingos y festivos, no se incluyen en el cómputo.
Por ejemplo, si en un caso de estafa un juez decreta el sobreseimiento provisional por falta de pruebas, pero el perjudicado no está de acuerdo con la resolución porque ha aportado documentos que demuestran el engaño, puede interponer recurso solicitando la reapertura del caso.
Nota importante: Para poder recurrir se debe estar personado en la causa, es decir, es obligatoria contar con abogado y procurador.
¿Reabrir un sobreseimiento provisional? Estadísticamente es complicado.
El sobreseimiento provisional es una medida judicial que suspende temporalmente un proceso penal cuando no hay pruebas suficientes para continuar, pero deja abierta la posibilidad de reanudarlo si surgen nuevos indicios.
Es esencial diferenciarlo del sobreseimiento libre, porque este último sí extingue definitivamente la causa y la responsabilidad penal del investigado o acusado.
Si un caso ha sido archivado provisionalmente, las partes afectadas aún pueden presentar nuevas pruebas o recurrir la decisión judicial para intentar que el procedimiento siga adelante.
Aunque la experiencia nos dice que resulta realmente complicado reabrir un caso archivado, a no ser que se haya archivado directamente al presentarse el atestado o denuncia por falta de autor conocido o de pruebas indiciarias que permitan sostener una acusación.
En estos casos, la probabilidad de conseguir la reapertura del procedimiento aumenta significativamente.
Si necesitas ayuda, en tuabogado.legal tenemos abogados expertos en derecho penal que podrán orientarte sobre tu caso concreto.
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